por Konuco | Oct 8, 2024 | Destacadas, Judicial e Investigación
En un conmovedor relato, la familia de Laura Villamil, bailarina gravemente afectada en un incidente en el Restaurante Andrés Carne de Res en Chía, Cundinamarca, denuncia la falta de apoyo del establecimiento en la obtención de documentos claves en su proceso.
NACIÓN LLANERA tuvo acceso al testimonio de Santiago Villamil, hermano de Laura, en el que comparte su angustia y frustración, tras el accidente que ocurrió el 28 de agosto.
Laura permanece luchando contra las secuelas de sus severas lesiones, que incluyen quemaduras en las manos y palmas, así como complicaciones por infecciones.
Acciones Legales
El abogado de la familia, Camilo Rojas, ha tomado medidas legales al presentar una Acción de Tutela contra la empresa Señora del Rosario y Amigos en Cía SAS, (que es el Restaurante Andrés Carne de Res), buscando proteger los derechos de Laura.
Santiago explicó que, desde el día del accidente, su abogado ha solicitado información laboral de Laura mediante un Derecho de Petición, pero el Restaurante no ha respondido la solicitud, alegando que no tienen un poder legal para entregar los documentos.

“Esto es inhumano y revictimizante. Mi hermana se enfrenta a una situación crítica, y ahora tiene que lidiar con esta burocracia”, comentó Santiago, enfatizando la necesidad de apoyo en un momento tan difícil.
Luchando por la Recuperación
Laura ha estado lidiando con fiebres y una infección por hongo en su sangre, que pone en riesgo su salud. “Grabamos un video poco después de su procedimiento, donde ella misma solicita la autorización para que el abogado pueda proceder con los trámites necesarios”, narró Santiago.
Esta situación ha sido dolorosa para él, quien se ve obligado a documentar el sufrimiento de su hermana.
Santiago también aclaró que nunca ha prohibido la entrada a la clínica. “Simplemente queremos proteger a Laura de posibles contagios. No cualquiera puede entrar”, señaló. “Si el restaurante desea información sobre su estado, pueden comunicarse conmigo directamente”.
Un Llamado a la Empatía
La historia de Laura Villamil subraya la importancia de la empatía y el apoyo en situaciones críticas. Santiago hizo un llamado a la administración de Andrés Carne de Res para que comprenda la gravedad de la situación y actúe en consecuencia.
La familia Villamil espera que el Restaurante tome medidas inmediatas para facilitar la información requerida y priorice la salud de Laura, evitando así una prolongada batalla legal que solo añade más dolor a su ya desgarradora situación.
La colaboración y la sensibilidad en momentos de crisis son esenciales para el bienestar de quienes atraviesan circunstancias difíciles.
Vea la noticia inicial del incidente, del 28 de agosto de 2024, presentada por NACIÓN COLOMBIA:
Laura Villamil continúa en delicado estado de salud, luego de su accidente en Andrés Carne de Res
NACIÓN LLANERA presenta el testimonio completo de Santiago Villamil:
“ Quiero manifestar que desde el 28 de agosto, el abogado Camilo Rojas solicitó a Andrés Carne de Res, por medio de un Derecho de Petición, información laboral de mi hermana, Laura Villamil, que a la fecha se han opuesto a entregarla, con la excusa de que no tiene un Poder, para realizar esas actividades.
Quiero dejar claro que mi hermana se encuentra en una Unidad de Cuidados Intensivos, con sus manos vendadas y las palmas de sus manos se encuentran quemadas, sus huellas dactilares también.
Esto es muy difícil, que soliciten es demasiado inhumano, me parece algo insensible. Esto es algo revictimizante para ella porque solamente ella está encargándose tanto física como psicológicamente en tratar de superar esto.
Ella no tiene ahorita tiempo, ni ganas de pensar en esto, en temas legales, ella solamente está preocupándose por su recuperación de sus bacterias que la han atormentado con fiebres con más de cuarenta grados y el hongo en el que se contagió en su sangre que puede llegar a afectar su corazón.
Hicimos un video, como seis horas después del procedimiento, solicitando a Andrés Carne de Res, mi hermana solicitando la autorización que le da al abogado el Poder para realizar todos estos trámites legales, pero es algo muy duro para mí grabar a mi hermana en el estado en que se encuentra, pidiendo que, por favor, en beneficio de ella, en pro de ella, entreguen información que no es confidencial, es pública: contratos, licencias, capacitaciones.
Yo, (Santiago Villamil), en ningún momento les he prohibido la entrada a la Clínica; Santiago no decide quién entra y quién no, solamente quiero dejarles claro que mi hermana está aislada porque puede ser contagiada en cualquier momento de una bacteria. No puede entrar todo el mundo. Estamos cuidando de ella.
Solicité a Andrés Carne de Res que, si querían saber de mi hermana Laura, me llamaran. Nunca les he prohibido la entrada, contó en este testimonio Santiago Villamil.”
NACIÓN LLANERA – Judicial e Investigación – Destacado
Frank Portilla Ramírez
por Konuco | May 15, 2024 | Educación
Las 37 comisarías de familia que actualmente funcionan en Bogotá serán trasladadas a la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia en un periodo de transición de dos años, asegurando que la prestación normal de los servicios no se vea afectada durante este proceso.
“No solo se trata del traslado, sino de su fortalecimiento”, destacó el secretario de Integración Social Roberto Angulo, tras señalar que, en el Plan de Desarrollo Distrital, Bogotá Camina Segura, presentado a consideración del Concejo de Bogotá, se asume el compromiso de aumentar la capacidad de respuesta de las Comisarías de Familia, formalizando en la planta de personal los equipos interdisciplinarios actuales y proponiendo como meta, incrementar 16 equipos comisariales adicionales, es decir, pasar de 51 a 67.
“Una vez culminada la formalización de los equipos comisariales a la planta, transferimos las comisarias a la Secretaría de Seguridad, paso que realizamos como recomendación de la política de infancia, transición que será de dos años, tiempo en el que haremos los ajustes normativos, administrativos, traslado del recurso humano y de la capacidad técnica de la Secretaría de Integración Social hacia la Secretaría de Seguridad”, explicó el secretario.
“Con el cambio, las personas no se van a dar cuenta, pues en realidad las comisarias van a seguir trabajando en su mayoría donde están, vamos hacer algunos convenios para mantener las unidades operativas de Integración Social, en donde trabajan y de esta forma la Secretaría de Seguridad se encarga de hacer lo que sabe que es el acceso a la justicia y nosotros nos dedicamos a la política de prevención de la violencia en el contexto familiar, liderando los proyectos que son más acordes con nuestra misionalidad, trabajando con las familias de toda la población de Bogotá”, agregó el funcionario.
Actualmente, Bogotá cuenta con 37 comisarías de familia, 2 de ellas con atención permanente los 7 días de la semana, las 24 horas del día; 10 comisarías de Familia semipermanentes con atención de lunes a viernes de 7 a.m. a 11 p.m., 22 comisarías de familia diurnas, con atención de lunes a viernes de 7 a.m. a 4 p.m., 1 comisaría de familia rural con horario especial de jueves a domingo de 7 a.m. a 4 p.m. y 2 comisarías de familia móviles, que a tienden población rural dispersa; Esto representa 51 equipos interdisciplinarios que atienden alrededor de 160 mil personas al año, entre ellas aproximadamente, 40 mil víctimas.
En promedio al mes, las comisarías de familia han atendido, entre enero a abril de 2024, a 13.207 personas, con un promedio diario de 437 en ese mismo periodo.
Es de recordar que las comisarías de familia son la puerta de acceso a la justicia para las víctimas de violencia en el contexto familiar. Son dependencias o entidades de carácter administrativo e interdisciplinario del orden municipal o distrital, que, de acuerdo con la Ley 2126 de 2021, se encargan de brindar atención especializada para prevenir, proteger, restablecer, reparar y garantizar los derechos de quienes estén en riesgo, sean o hayan sido víctimas de violencia por razones de género u otras violencias en el contexto familiar.
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Para realizar una denuncia de violencia en el contexto familiar, lo puede hacer cualquier ciudadano o ciudadana que actúe en nombre de la víctima cuando esta se encuentre en indefensión manifiesta, o cualquier ciudadano o ciudadana que ejerza funciones públicas. Para esto se requiere aportar datos que permitan la identificación y ubicación de la víctima, así como referencia de los hechos de violencia que hayan ocurrido dentro de los 30 días anteriores a la fecha de la denuncia.
por Konuco | Jul 12, 2022 | Destacadas, Nacional
La alcaldesa de Bogotá, Claudia López, anunció que la Dirección General de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (Uaesp) presentó denuncia contra los representantes legales del Consorcio Centro de Gerenciamiento de Residuos S.A. (CGR).
Lo anterior por los presuntos delitos de peculado por apropiación, fraude procesal y fraude a resolución judicial, en el caso del manejo del relleno Doña Juana, que sirve a la capital de la República.
«CGR se ha embolsillado 163.000 millones de pesos de los bogotanos y no ha cumplido ni con la construcción de la planta de tratamiento, ni con los estándares de tratamiento de lixiviados durante cuatro años», afirmó López durante su intervención.
«No contento con eso, CGR ha pretendido engañar a las autoridades judiciales con información falsa, dada en nuestra opinión de mala fe, para evadir su responsabilidad, seguir incumpliéndole a los bogotanos», precisó la mandataria.
De acuerdo con López, este consorcio demandó al Distrito por aspiraciones superiores a 1 billón de pesos, a juicio de López «de manera infundada y abusiva».
Medidas contra CGR
La acción judicial fue interpuesta por Luz Amanda Camacho, como directora de la Uaesp, ante la Fiscalía General de la Nación. Y en contra de Mauricio Bernal Marcucci, en su calidad de representante legal de CGR, y contra todos quienes hayan actuado en representación del mismo desde 2010.
Lo que motivó a entablar la denuncia fue el incumplimiento del contrato de concesión 344 de 2010, porque, tras casi doce años de haberse suscrito la obligación de tratamiento de lixiviados y de optimización de la planta (PTL) y del sistema, esto no se ha hecho.
E incluso, según denunció la Administración Distrital en esta acción judicial, está en peores condiciones de lo que fue entregada en su momento por la administración de la ciudad.
«Este es el caso de abuso y corrupción más grave que yo he descubierto en la Alcaldía desde que soy alcaldesa, ningún otro operador que yo conozca, le está haciendo semejante estafa a los bogotanos por no recibir un tratamiento de lixiviados pese a que lo seguimos pagando», subrayó López.
La mandataria le solicitó a la Fiscalía darle celeridad a la denuncia interpuesta. «Le ruego a la Fiscalía darle prelación a esta denuncia, le ruego la debida diligencia en esta investigación; necesitamos que la justicia pare, frene y sancione la estafa», sostuvo.
Igualmente, le pidió a la Cámara de Comercio de Bogotá para que les brinde garantías a los ciudadanos sobre la designación de los jueces de los tribunales de arbitramiento. «Que los jueces sean imparciales, sean jueces, no solo de toda reputación jurídica, sino de total imparcialidad», destacó.
En su declaración, la alcaldesa López aseguró que esta situación ya le fue informada al presidente electo Gustavo Petro. «Le he pedido que, desde su Gobierno, una vez se posesione, se tomen las medidas legales para garantizar y proteger a los bogotanos de este abuso», indicó.
El proceso
Según la Uaesp, el consorcio ha abusado de los ingresos que ha percibido de la entidad y de los bogotanos, no cumple con el tratamiento de lixiviados, ni ha concluido la optimización del STL (Sistema de Tratamiento de Lixiviados), generando un mayor impacto ambiental sobre los ríos Tunjuelo y Bogotá.
Lo pactado en 2010, según la Administración Distriral, era que el operador tenía la obligación de gestionar la optimización del sistema de lixiviados y para eso ha recibido más de 163.000 millones de pesos.
Sin embargo, en la actualidad no existe tal resultado de lo contratado de acuerdo con Claudia López por lo que, del 100 por ciento de los parámetros que dicta la norma, el operador cumple apenas con cerca del 50%.
Se deduce que el incumplimiento de estas obligaciones guarda relación directa con la sentencia proferida el 28 de marzo de 2014 por el Consejo de Estado, respecto a la catástrofe ecológica del Río Bogotá y la contaminación de los ríos y quebradas afluentes a este.
Según la denuncia, por la conducta del concesionario no se ha podido satisfacer la necesidad advertida por la Uaesp en el contrato y, contrario a ello, se está realizando un vertimiento ineficiente e ilegal de los residuos al río Tunjuelo.
Igualmente, la alcaldesa López advirtió que lo que sería la conducta omisiva del consorcio frente al cumplimiento de sus obligaciones implica que los costos de inversión necesarios para la optimización del sistema asciendan a más de 110.000 millones de pesos.
Que serían inferiores si las sumas canceladas se hubieran destinado a la satisfacción de las obligaciones contractuales.
En cuanto al delito de fraude a resolución judicial, la obligación corresponde a las órdenes y condenas que se impusieron al consorcio en el laudo arbitral proferido el 27 de septiembre de 2018, que quedó ejecutoriado el 11 de octubre del mismo año. Y que no se han cumplido.
Respecto del delito de fraude procesal, el Distrito considera que se configuró a partir de un medio fraudulento por sus afirmaciones mentirosas, tendenciosas, convenientes y sesgadas.
Con lo que el representante legal pretendió hacer incurrir en error a la magistrada con la finalidad de obtener, como medida preventiva, la suspensión del POT como provecho ilícito a su favor en el marco del ya referido incidente de desacato.
https://twitter.com/ClaudiaLopez/status/1546516190683602947
Asimismo, pretenda aducir la existencia de estudios relacionados con la factibilidad de la propuesta incluida en Plan de Ordenamiento Territorial (POT), cuando, después de cuatro años, no ha presentado los estudios de diseño requeridos para la optimización del Sistema de Tratamiento de Lixiviados.
Esto se puede advertir, según el Distrito, a partir de las reiteradas falsedades que fueron hechas en el oficio presentado por el representante legal a la magistrada y que fueron reafirmadas en la audiencia del 3 de junio de 2022.
A través de estos actos, el consorcio habría pretendido confundir a la justicia y hacer creer que las actuaciones adelantadas por la Alcaldía, respecto a la inclusión de un sistema de tratamiento térmico de residuos alternativo, carecía de sustento y era el resultado de una improvisación.
“Voy a proteger los derechos de los bogotanos con todas las herramientas que estén a mi disposición. Una, es la garantía de imparcialidad a la Cámara de Comercio para la designación de los tribunales de arbitramiento, y otra, de celeridad a la Fiscalía para que tramite esta denuncia», puntualizó López.
por Konuco | May 18, 2022 | Destacadas, Política
El Instituto Anticorrupción y la Fundación Paz y Reconciliación (Pares) interpusieron una queja disciplinaria ante la Corte Suprema de Justicia, en contra de la procuradora Margarita Cabello Blanco, para que la investiguen por su responsabilidad frente a la sanción que le interpuso al alcalde de Medellín, Daniel Quintero.
Según Camilo Enciso, director del Instituto, la Procuradora actuó de manera irregular, evidenciando que hubo abuso de poder y violación de los derechos fundamentales de los alcaldes de Ibagué y Medellín.
Cabe resaltar que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CDIH) ha desautorizado en innumerables oportunidades a entidades públicas, en este caso la Procuraduría.
Dentro de la queja disciplinaria, se evidencia que el Ministerio Público no tendría competencia para restringir los derechos políticos de los alcaldes, pues la decisión la posee únicamente un juez competente.
Asimismo, la CIDH reiteró que «el artículo 23.2 de la Convención Americana es claro en el sentido de que dicho instrumento no permite que órgano administrativo alguno pueda aplicar una sanción que implique una restricción (por ejemplo, imponer una pena de inhabilitación o destitución)».
«A una persona por su inconducta social (en el ejercicio de la función pública o fuera de ella) para el ejercicio de los derechos políticos a elegir y ser elegido: sólo puede serlo por acto jurisdiccional (sentencia) del juez competente en el correspondiente proceso penal», agregó.
Adicionalmente, según el oficio contra la Procuradora, se visibiliza que la funcionaría violó las órdenes impartidas al Estado Colombiano por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Según los denunciantes, el caso de Petro también es un ejemplo de las equívocas decisiones que ha tomado este ente de control.
En el pasado, el hoy candidato presidencial logró esquivar los ataques mediáticos de la Procuraduría. Según la CIDH el proceder de la procuraduría, no fue pertinente actuando de manera abrupta ya que no posee la competencia para separar a los servidores públicos de elección popular de sus cargos.
Es válido aclarar que el espacio y las normas, según Enciso, deben ser respetadas, bajo una jerarquía de poderes, en este la caso la Constitución Política y los convenios internacionales, por encima de la procuraduría según el ordenamiento jurídico colombiano.
Finalmente, en el caso Quintero, los abogados del alcalde asistirán este lunes ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en Washington, donde interpondrán una solitud de medidas cautelares y la reparación política a favor del Burgomaestre de los Medellinenses.
por Konuco | Mar 23, 2022 | Destacadas, Judicial e Investigación
Lo que comenzó como una oportunidad de negocio se convirtió en una completa pesadilla para Guillermo Baquero y tres empresas constructoras, quienes luego de firmar una promesa de compraventa con Davivienda hoy se vieron obligados a interponer denuncias penales contra ese banco por los presuntos delitos de fraude procesal, suplantación de firma, falsedad en documento, entre otros.
La historia se remonta a agosto de 2015, cuando deciden adquirir un predio de 17.000 metros cuadrados en el municipio de Madrid (Cundinamarca) y firman una promesa de compraventa en la que el banco asume el cumplimiento de varias obligaciones como vendedor.
El texto de la promesa de compraventa fue negociado por los abogados de ambas partes y concertado después de once borradores de negociación hasta que se obtuvo uno denominado por el banco pre aprobado.
Este se firmó el 3 de agosto de 2015 y fue enviado por correo electrónico por el abogado del banco a una inmobiliaria autorizada y retransmitido por ella a los cuatro promitentes compradores, de acuerdo a la trazabilidad reconfirmada por la prueba forense ordenada por el tribunal.
Pero, ¿cuál es el meollo del asunto? «El fraude del banco», indica Arturo Obregón, abogado y socio del grupo comprador que concertó los términos del contrato con el abogado delegado por el banco, quien además añade que “en el momento en el que se exige el cumplimiento de las obligaciones asumidas por Davivienda, se descubre que dichas habían sido adulteradas en el texto de la promesa”.
Revisado el pie de firma de la parte promitente compradora estampado en todos los folios del contrato de promesa de compraventa, se descubrió -según Obregón- que justo el del folio 5 parágrafo 7 de la cláusula primera, donde las obligaciones del banco se hallaban contenidas, la firma de Obregón no era de su autoría.
Lo cual solo pudo haber ocurrido por acción de los funcionarios u operadores autorizados del banco, dentro de los dos meses siguientes que tardaron en devolver a los promitentes compradores su ejemplar de la promesa firmada por el banco.
«El nivel de descaro es tan inaceptable que incluso en el último folio, donde van las firmas del contrato, aparecía la firma de una persona que ni siquiera había concurrido a la suscripción del documento», aseguró Obregón.
Ante este panorama, los colombianos y compradores del predio decidieron reunir pruebas de la adulteración del contrato y la suplantación de la firma y convocaron al banco a un tribunal arbitral, donde pese a más de 20 pruebas concluyentes, el laudo arbitral falló en contra de las víctimas.
«Pudimos probar la adulteración a través de dos dictámenes grafológicos (uno de ellos contratado por el propio banco). A su vez, con la prueba forense ordenada por el Tribunal Arbitral, salieron a la luz correos donde por ejemplo, el abogado autorizado por el banco explica a sus directivos que él dio la orden de eliminar esa cláusula dentro del texto de la promesa a la inmobiliaria (habiendo sido dada esa orden una semana después de que habían sido entregados al banco 1.080. millones de pesos como arras del negocio), sin que exista prueba que el documento aún después de la firma, hubiera sido devuelto», agregó el letrado.
El proceso cursó ante el Tribunal de Arbitramento del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá, donde a pesar del cúmulo de pruebas, que incluyen forenses, grafológicas, testimoniales, documentales, periciales y confesiones ante dicha entidad, frente a cuyos árbitros uno de sus directivos se atrevió a expresar textualmente que haber adulterado ese documento era un evento “inane”. No obstante, por inexplicables razones, el tribunal desconoció sus derechos.
Tampoco operaron las causales que ameritaban la nulidad del laudo presentadas al Tribunal Superior de Distrito Judicial, a pesar de haber sido éstas probadas, lo que condujo a que las víctimas quedaran sin reparación.
Por ello, han decidido llevar el caso a la justicia penal ordinaria, en la que instauraron una denuncia en la Fiscalía contra los funcionarios de Davivienda por las presuntas conductas ilícitas a que se ha hecho referencia, y contra los árbitros de la Cámara de Comercio de Bogotá, al considerar las victimas que su conducta, «al haber omitido la valoración del voluminoso caudal probatorio, los compromete gravemente, por haber estado obligados a fallar en derecho y no haberlo hecho».