Tome nota: Esto es lo que debe saber de la nueva ley de SOAT que rige en Colombia

Tome nota: Esto es lo que debe saber de la nueva ley de SOAT que rige en Colombia

La ley 2161 del 2021 estableció medidas para promover la adquisición, renovación y no evasión del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT),  pero ¿Qué deben saber los colombianos al respecto? La Unión de Aseguradores Colombianos (Fasecolda) se lo explica.

El objetivo principal del SOAT es que las víctimas de accidentes de tránsito dispongan de una atención médica inmediata, además de una indemnización por muerte o incapacidad, según sea el caso.

Las novedades de la Ley buscan reducir la evasión del 47% en la compra actual de este seguro y reconocer el buen comportamiento de los conductores.

Uno de los puntos que ha despertado gran interés en los propietarios de vehículos tiene que ver con el descuento anunciado para las pólizas que se emitan en 2022, así:

  • El valor a pagar por el SOAT está compuesto por tres elementos: el valor de la prima, la contribución a la Administradora de Recursos del Sistema de Salud (ADRES) y la tasa para el RUNT.
  • El descuento del 10 % aprobado por el Gobierno Nacional, aplica exclusivamente sobre el valor de la prima, no sobre el valor total de la Póliza.

La contribución a la ADRES, que se recauda con el seguro y se cobra en adición a la prima, pasará de 50% a 52%

Para cumplir con las condiciones para acceder al descuento debe cumplir con cuatro requisitos:

a) Ser propietario de un vehículo automotor.

b) No haber tenido siniestros entre 2020 y 2021 que afectaran la póliza

c) Haber renovado la póliza antes de la fecha de vencimiento, sin interrumpir o aplazar la vigencia.

d) Si mantuvo el mismo automotor durante todo el 2020 y el 2021. d) Si la póliza finaliza su vigencia en 2022.

Cabe destacar que en ningún caso el tomador del seguro podrá hacerse acreedor del beneficio más de una vez por el mismo vehículo. El descuento aplicará para la tarifa establecida del 2022.

Por su parte, si la persona considera que tiene derecho a recibir el descuento otorgado por la ley, puede comunicarse con la compañía con la que adquirió el SOAT.

«Este proyecto beneficiará a los colombianos de manera directa con los descuentos, pero también, mediante la educación del funcionamiento del SOAT y la importancia de tener un buen comportamiento en las vías», dijo Miguel Gómez Martínez, presidente de Fasecolda.

«Como se sabe, cada año se registran más de 700 mil víctimas de accidentes de tránsito, por lo que estrategias y acciones como estás protegen a las personas y crean conciencia vial», añadió el directivo de la entidad.

 Datos clave sobre el SOAT

  • A septiembre del 2021, 8.9 millones de vehículos estaban cubiertos con el SOAT.
  • El SOAT atiende en promedio diario 2.300 víctimas de accidentes de tránsito.
  • Entre enero y septiembre de 2021 las compañías de seguros desembolsaron $1,4 billones para la atención de víctimas de accidentes de tránsito.
  • En los últimos tres años, el SOAT ha beneficiado a más de 2,5 millones de personas, convirtiéndose en una prenda de garantía para conductores, peatones y demás actores viales.

Dueños de vehículos eléctricos tendrán importante en la revisión técnico-mecánica, según MinTransporte

Dueños de vehículos eléctricos tendrán importante en la revisión técnico-mecánica, según MinTransporte

Los Ministerios de Ambiente y Transporte expidieron en las últimas horas la Resolución 20213040039485, la cual define que los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) deberán aplicar un descuento del 30% a los propietarios de los vehículos eléctricos cuando hagan la revisión técnico-mecánica.

Lo anterior como parte de las iniciativas que promueve el Gobierno Nacional para consolidar una movilidad limpia, eficiente y sostenible.

«El descuento del 30% en la revisión técnico-mecánica seguramente influirá para que más personas sigan haciendo la transición hacia un transporte de tecnologías de cero y bajas emisiones», dijo la ministra de Transporte, Ángela María Orozco.

Poe su parte, el ministro de Ambiente, Carlos Eduardo Correa, indicó que la movilidad limpia es una apuesta por mejorar la calidad del aire en el país.

«Nos hemos trazado la meta de reducir en un 51% las emisiones de Gases de Efecto Invernadero al 2030, una de las más ambiciosas de la región. Esta es una meta que involucra a todos los sectores», expresó Correa.

«Una de las medidas para lograrlo es la ley que promueve la movilidad eléctrica que, sumado a la implementación de la Estrategia Nacional de Movilidad Eléctrica, busca generar un medio que permita acelerar la transición hacia estas tecnologías vehiculares», añadió.

Objetivos

Con esta nueva resolución, el principal objetivo -según Correa- es ser consecuentes con el compromiso que tiene el gobierno de generar las condiciones para que el país siga avanzando en una agenda ambiental que responda a los desafíos globales, y que impacte también en la salud de las personas y de los ecosistemas.

Cabe destacar que todos los vehículos de servicio particular nuevos, incluyendo los eléctricos, están exentos de revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes durante sus primeros cinco años de uso. Desde el sexto año contado a partir de la matrícula, deberán hacer este procedimiento.

Por su parte, los vehículos eléctricos de servicio público y las motos deben llevar cabo la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes a los dos años contados a partir de matrícula y en lo sucesivo en la periodicidad establecida para todos los vehículos.

Esta reglamentación determina que los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) tienen que registrar ante la Superintendencia de Transporte los valores correspondientes a este procedimiento.

Además de publicarlos en un lugar visible dentro de los centros. «La transparencia en los precios de los servicios de los CDA benefician a los ciudadanos y le permite a la Superintendencia vigilar que se respeten sus derechos», manifestó el Superintendente de Transporte, Camilo Pabón Almanza.

Los lineamentos técnicos para hacer la revisión de los vehículos eléctricos se ajustan a lo establecido en las Normas Técnicas Colombianas: NTC 5375:2012, NTC 6218:2017 y NTC 6282:2018, que aplica para todo tipo de automotor, y que incluye el buen estado y funcionamiento óptimo del vehículo.

Eléctricos

Para los eléctricos, la resolución exceptúa de la revisión de los siguientes puntos, pues por su naturaleza no pueden ser medidos ni revisados: Los tubos de escape en el habitáculo o cabina de pasajeros, elementos para producir ruido, emisiones contaminantes, motor y sistemas de combustible y escape.

De acuerdo con la resolución, los Ministerios de Ambiente y Transporte volverán a revisar el descuento a partir de 2030, y ajustarlo de considerarlo necesario. Luego podrán hacer esto cada cuatro años. Asimismo, la norma informa que los vehículos eléctricos deben contar con por lo menos el 50% de carga.

La revisión técnico-mecánica es un procedimiento fundamental para la seguridad vial, pues permite verificar el estado general del vehículo, garantizando que se encuentra en óptimas condiciones para circular por las vías del país.

El Gobierno nacional reglamentó la revisión técnico-mecánica para los vehículos eléctricos dando cumplimiento al artículo 4 de la Ley 1964 de 2019, que promueve el uso de vehículos eléctricos en Colombia.