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Este miércoles, el Consejo Superior de la Judicatura confirmó que seguirá ejerciendo sus funciones de gobierno y administración de la Rama Judicial, conforme a la sentencia sobre el proyecto de Ley que modifica la Ley Estatutaria de Administración de Justicia, la cual fue parcialmente declarada exequible por la Corte Constitucional.

En consecuencia, el órgano de gobierno de la Rama Judicial seguirá tomando decisiones sobre políticas que aseguren la autonomía e independencia judicial, el acceso a la justicia, la eficiencia de la Rama Judicial y la tutela judicial efectiva.

Además, se informó que se declaró constitucional la competencia del Consejo Superior de la Judicatura para crear, modificar y eliminar despachos judiciales, considerando los territorios con relaciones funcionales, sociales, económicas y ambientales más allá de la organización política, así como la coordinación con autoridades administrativas y otros actores en la resolución de conflictos.

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Por otro lado, la Corte Constitucional declaró inconstitucionales las funciones de definición de políticas de la Rama Judicial, emisión de conceptos vinculantes y elección del director ejecutivo de administración judicial, asignadas en el trámite legislativo a la Comisión Interinstitucional, ya que estas competencias fueron otorgadas al Consejo Superior de la Judicatura por la Carta Política.

Sin embargo, la Corte aclaró que la administración y el gobierno de la Rama Judicial deben considerar y responder a las necesidades de las corporaciones, funcionarios, empleados judiciales y la ciudadanía.

La sentencia también establece que la Rama Judicial debe diseñar e implementar un plan estratégico para superar barreras y mejorar el acceso a la justicia, especialmente para poblaciones rurales, vulnerables y personas con discapacidad.

En cuanto a la conformación de listas del Consejo de Estado, la Corte Suprema de Justicia y la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, el criterio de equidad de género del proyecto de ley garantizará al menos la paridad entre hombres y mujeres en estas instituciones.

El Consejo Superior de la Judicatura también deberá elaborar un Plan de Transformación Digital para la Rama Judicial cada cuatro años, identificando las necesidades en el uso de TIC y los cambios de modelo necesarios para asegurar el acceso a la justicia. Además, tendrá la responsabilidad de establecer lineamientos y contenidos mínimos para que las cortes, tribunales superiores y administrativos, y juzgados rindan cuentas a la ciudadanía y a los servidores judiciales, promoviendo así la rendición de cuentas y el seguimiento ciudadano de la gestión judicial.

En relación con el acceso a la carrera judicial, se estipula la realización de concursos de ascenso para funcionarios o empleados escalafonados en el grado salarial inferior, siempre que cumplan con los requisitos y condiciones para los cargos convocados.

Finalmente, sobre el presupuesto de la Rama Judicial, la sentencia declaró constitucional el mandato de que este sea equivalente al 3% del presupuesto de rentas y recursos de capital del tesoro nacional, entendiéndose como una realización gradual e incremental.

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