por Konuco | Abr 30, 2025 | Cultura y Entretenimiento, Destacadas
No sólo en las instalaciones de Corferias se vive la actual edición de la Feria Internacional del Libro de Bogotá. Este año, la filbo está llegando a los barrios.
Más de 28 espacios se llenan de literatura, voces poderosas y cultura viva en un evento que inicia este miércoles 30 de abril y se extenderá hasta el 10 de mayo.
FILBo Ciudad transforma bibliotecas y espacios culturales de Bogotá en epicentros de literatura, naturaleza, poesía, pensamiento crítico y resistencia.
Autores nacionales e internacionales como Laura Restrepo, Héctor Abad Faciolince, Carolina Sanín y Yolanda Arroyo Pizarro llegarán a las bibliotecas de BibloRed para abrir conversaciones urgentes y emocionar a la ciudad lectora.
Una propuesta descentralizada y vibrante que lleva la fiesta del libro a 28 espacios culturales, bibliotecas públicas y centros CREA. Desde el concierto de apertura ‘Las Palabras del Cuerpo’ frente a la Biblioteca Virgilio Barco hasta intensos diálogos sobre el cuerpo, el lenguaje, la memoria y el territorio, un encuentro con las múltiples formas de narrar y resistir.
El pasado domingo 27 de abril, cientos de personas se congregaron frente a la Biblioteca Virgilio Barco para vivir el concierto inaugural ‘Las Palabras del Cuerpo’, una experiencia sensorial donde la música, la literatura y el movimiento se encontraron en una sola expresión artística.
La apertura, que reunió familias, jóvenes y adultos mayores, fue un acto simbólico que demostró cómo los libros también se sienten con el cuerpo y se viven en comunidad.
La iniciativa, organizada por la Cámara Colombiana del Libro y BibloRed, despliega una agenda diversa que conecta a la ciudadanía con autoras y autores como Andrea Cote, Tess Sharpe, Virgie Tovar, Cynthia Rimsky y Yásnaya Aguilar. Talleres, charlas, puestas en escena y encuentros con comunidades locales amplían el mapa literario de Bogotá y democratizan el acceso a contenidos culturales de alta calidad.
Entre los eventos más esperados se encuentran el ‘Taller poético Itinerario para hacerse un cuerpo’ de Lorenzo Camacho, la charla ‘Llámame gorda’ de Virgie Tovar, y la potente puesta en escena del libro objeto ‘Solo tenías que darme la mano’.
Además, se abordarán temáticas urgentes como los derechos lingüísticos de las comunidades indígenas, la resistencia afrocaribeña y la ecopoética urbana.
Literatura, memoria e identidad se toman los espacios públicos de lectura en Bogotá
BibloRed ha dispuesto 15 actividades principales en distintas bibliotecas, ofreciendo un mosaico de perspectivas críticas y creativas. Algunos de los puntos imperdibles son la charla con Yásnaya Aguilar sobre identidad y lengua en Suba, la reflexión literaria de Yolanda Arroyo Pizarro sobre la resistencia desde lo íntimo en Fontibón, y el conversatorio entre Miguel Torres y Juan David Correa sobre la historia nacional a través del asesinato de Jorge Eliécer Gaitán.
La programación cierra el 10 de mayo con dos encuentros especiales: la charla con el escritor bogotano Antonio García Ángel sobre la narrativa urbana en Pasquilla y la conversación con Cynthia Rimsky, ganadora del Premio Herralde 2024, en la Virgilio Barco. FILBo Ciudad no solo extiende el alcance de la Feria Internacional del Libro de Bogotá: la redefine como un proyecto de ciudad, de voces múltiples y de territorios narrados.
De Colprensa para Konuco.
por Konuco | Abr 30, 2025 | Destacadas, Judicial e Investigación
La canciller, Laura Sarabia, entregó este miércoles detalles ante la Fiscalía por el caso de violencia de género en contra del hoy ministro del Interior, Armando Benedetti.
A la salida de la diligencia una de sus abogadas explicó que la hoy canciller no se dejará intimidar ante cualquier circunstancia que se presente.
“La doctora Laura Sarabia asistió a la segunda sesión de las diligencias dispuestas por la Fiscalía General de la Nación, en el marco de la denuncia presentada el 23 de agosto del 2023, en la que actúa como víctima de violencia de género, principalmente, por parte del señor Armando Benedetti. (…) No se dejará intimidar, defenderá la verdad y su dignidad”, aseguró.
A su turno la abogada explicó que como el caso es tan grande y complejo en las próximas sesiones serán presentadas líneas de tiempo, audios, mensajes y documentos que sustentan la denuncia inicial. “Reiteran la reincidencia en este tipo de denuncias y también se van documentar las campañas de descrédito que ha sufrido la canciller”.
Horas antes de la diligencia Sarabia se pronunció frente al caso y dijo que su defensa en este caso no es un acto de vanidad.
“La defensa del buen nombre no es un acto de vanidad, es un acto de justicia. Estar y ser parte del Gobierno no significa que deba abandonar para proteger mis derechos, agradezco al presidente que me ha enseñado que uno no puede callar frente a la injusticia ni ir en contra de la verdad”, aseguró la canciller.
Junto a ella, según citaron medios de comunicación, estaban otras personas con carpetas en mano que incluirían las referidas denuncias y soportes contra Benedetti.
De Colprensa para Konuco.
por Konuco | Abr 30, 2025 | Nacional
La Corte Constitucional rechazó de forma categórica las afirmaciones realizadas por el periodista Daniel Coronell sobre lo ocurrido en la Sala Plena en la que se discutió el Decreto Legislativo 62 de 2025, que declaró exequible parcialmente el estado de conmoción interior en la región del Catatumbo.
Según el comunicado emitido este miércoles, el relato publicado en su columna no corresponde a la realidad y tergiversa los hechos.
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En el comunicado, firmado por los nueve magistrados del alto tribunal, se señala que las afirmaciones difundidas en la columna titulada “Todos pierden con la decisión de la Corte Constitucional” son falsas, contienen una narrativa inexacta sobre el proceso deliberativo y afectan la garantía de independencia judicial amparada por la reserva de las discusiones internas.
“La Corte reitera su rechazo a la filtración de sus documentos de trabajo, discusiones internas y a las desinformadas caracterizaciones de sus integrantes”, afirmaron los magistrados, quienes también hicieron un llamado a los periodistas a abstenerse de avalar estas prácticas.
La Corte recordó que, si bien la libertad de prensa está especialmente protegida por la jurisprudencia constitucional, también existe un deber de veracidad e imparcialidad en el ejercicio informativo.
“Ese mismo precedente impone a los medios de comunicación el deber de cumplir con estándares de veracidad e imparcialidad”, enfatizó el comunicado.
El pronunciamiento también señala que la publicación desconoce que las deliberaciones de la Sala Plena tienen carácter reservado y que esa confidencialidad constituye una garantía de independencia judicial. Según el alto tribunal, revelar o distorsionar estos debates afecta directamente la institucionalidad.
En su columna, Coronell describió la reciente sesión de la Corte como una de “las más ardorosas de las que se tenga memoria”. Según escribió, la deliberación alcanzó niveles comparables con discusiones históricas como la que impidió un tercer mandato a Álvaro Uribe o la que debatió sobre la legalidad de la dosis mínima.
Coronell relató que la ponencia inicial, elaborada por la magistrada Paola Meneses —cercana al expresidente Iván Duque—, proponía declarar inconstitucional tanto la declaratoria de conmoción interior como los decretos expedidos bajo su amparo. Esta postura fue respaldada por el magistrado José Fernando Reyes, quien, además, solicitó que la decisión tuviera efectos retroactivos.
Según la columna, fue el magistrado Juan Carlos Cortés quien propuso la vía intermedia: una exequibilidad parcial. Esta tesis fue la que finalmente se impuso, a pesar de las objeciones del magistrado Vladimir Fernández, cercano al presidente Petro, quien defendió la constitucionalidad total y criticó lo que consideró un cambio de doctrina en perjuicio del actual gobierno.
Coronell también detalló intervenciones de magistrados como Natalia Ángel, Cristina Pardo, Diana Fajardo y Miguel Polo Rosero, quienes ofrecieron argumentos jurídicos y sociales —como el desplazamiento forzado en el Catatumbo— para justificar la decisión de declarar constitucional parte del decreto presidencial y declarar inexequibles otras medidas.
La publicación aseguró que nadie ganó del todo ni perdió por completo: “Se impuso una línea intermedia que reconoció las razones del gobierno para declarar la conmoción pero rechazó la deficiencia en la argumentación de unas medidas”.
La Corte, sin embargo, manifestó que no es cierto que en Sala Plena se hubiera intentado establecer una nueva doctrina para endurecer las exigencias al gobierno actual ni que se hubieran dado los enfrentamientos relatados en esos términos.
“Las afirmaciones del periodista, que hacen una narración acerca de las actuaciones de la Sala Plena son falaces, incumplen con ese deber constitucional, desconocen que las deliberaciones de la Corte tienen carácter reservado y afectan la independencia judicial que tiene esa reserva como garantía”, concluyó el alto tribunal.
(Colprensa)
por Konuco | Abr 30, 2025 | Política
Después de que la Corte Constitucional frenó el intento del Gobierno de usar la conmoción interior para intervenir en asuntos estructurales del Catatumbo, Norte de Santander, y algunos municipios del Cesar, ahora el Ejecutivo deberá limitarse a las medidas estrictamente necesarias para enfrentar la crisis humanitaria y de seguridad.
Mediante la Sentencia C-148 de 2025, la Sala Plena concluyó que el Decreto 0062 del 24 de enero de 2025, que declaró la conmoción interior en la región del Catatumbo, solo es constitucional en lo relacionado con la intensificación de los enfrentamientos entre el ELN y otros grupos armados organizados, los ataques contra la población civil y firmantes del acuerdo de paz, y la crisis humanitaria por desplazamientos y confinamientos masivos.
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“Esta decisión solo incluye aquellas medidas que sean necesarias para el fortalecimiento de la fuerza pública, la atención humanitaria, los derechos y garantías fundamentales de la población civil, y la financiación para esos propósitos específicos”, indicó la Corte.
Con esto, se confirma que el alto tribunal permitió la adopción de acciones excepcionales como el despliegue militar, atención a víctimas y protección a comunidades vulnerables, pero no autorizó el uso del estado de excepción para enfrentar situaciones estructurales de larga data.
QUEDAN SIN SUSTENTO DECRETOS SOBRE IMPUESTOS Y TIERRAS
Uno de los efectos más relevantes del fallo es que deja sin sustento los decretos expedidos bajo la conmoción que no están relacionados con la respuesta inmediata a la crisis. Entre ellos, aquellos que crearon o modificaron impuestos o incluyeron medidas sobre tierras, agroindustria, abastecimiento y medioambiente.
Por ejemplo, el Decreto 0108, que autorizaba expropiaciones administrativas de tierras para facilitar el retorno de víctimas y reincorporación de ex combatientes, y el Decreto 0106, que preveía alivios financieros para el sector agropecuario, podrían quedar sin efecto si no se ajustan al marco ordinario de legalidad.
De acuerdo con el abogado constitucionalista, Juan Manuel Charry, estos decretos perderían validez si su contenido no está ligado directamente a la atención de la crisis armada o humanitaria, ya que la Corte concluyó que el Gobierno usó de forma instrumental el estado de conmoción para avanzar en políticas públicas estructurales.
SE CIERRA LA PUERTA A USO AMPLIO DE LA CONMOCIÓN INTERIOR
La Corte también declaró inconstitucionales los apartes del decreto que mencionaban la presencia histórica de grupos armados ilegales, los cultivos ilícitos, los problemas del Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos (PNIS), las necesidades básicas insatisfechas y las afectaciones a la infraestructura energética y vial.
Estas problemáticas, según la mayoría de magistrados, no justifican la declaratoria de estado de excepción y deben ser enfrentadas mediante mecanismos ordinarios, con intervención del Congreso.
Los magistrados Jorge Enrique Ibáñez, Paola Meneses y José Fernando Reyes salvaron su voto. Afirmaron que el decreto no cumplía con el requisito constitucional de insuficiencia de las medidas ordinarias, por lo que consideraron que el estado de excepción no debía haberse avalado ni siquiera parcialmente.
Para ellos, el Gobierno no demostró de manera suficiente que los mecanismos legales existentes no eran aptos para enfrentar la situación en la región. Señalaron que el Ejecutivo usó la conmoción interior para intervenir en temas de largo plazo que requieren del control y participación del Congreso.
¿QUÉ SIGUE AHORA PARA LOS DECRETOS EMITIDOS?
Con este pronunciamiento, el Gobierno deberá revisar los más de 16 decretos expedidos en el marco de la conmoción para verificar cuáles se ajustan al alcance definido por la Corte. Solo los que se refieran directamente al restablecimiento del orden público y la atención inmediata de la crisis seguirán vigentes.
El resto deberá ser derogado, modificado o tramitado ante el Congreso si se pretende mantener su contenido como legislación ordinaria.
La sentencia obliga a redirigir el manejo institucional de la crisis humanitaria y del conflicto hacia herramientas del derecho ordinario y del diálogo político, sin usar el estado de excepción como vía para gestionar problemas estructurales.
(Colprensa)