Consejo Gremial y ANDI defienden transparencia electoral frente a señalamientos del presidente

Consejo Gremial y ANDI defienden transparencia electoral frente a señalamientos del presidente

El Consejo Gremial Nacional y la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (ANDI) se manifestaron hoy en favor de la Registraduría Nacional, luego del mensaje cargado de dudas del presidente Gustavo Petro, frente a la legitimidad de las elecciones de 2026.

«El Consejo Gremial Nacional expresa su preocupación y rechazo ante las declaraciones realizadas por el señor Presidente de la República, Gustavo Petro Urrego, en su cuenta oficial de la red X, en las que afirmó que desconfía de la transparencia de las elecciones del año 2026«, dijo el órgano que agrupa a varios sectores de la productividad nacional.

Añadió que el sistema electoral colombiano, que integran la Registraduría y el Consejo Nacional Electoral, posee «capacidades técnicas, operativas y constitucionales«, construidas a lo largo de años que les permiten «desarrollar procesos transparentes, observables y legítimos«, bajo el ojo escrutador de organismos internacionales de vigilancia electoral.

Los gremios aseguraron que «cualquier señalamiento sobre irregularidades debe estar sustentado en pruebas y canalizado por las vías institucionales competentes» y sostuvieron que los mensajes desde el Ejecutivo que ponen un manto de duda sobre el sistema electoral «pueden alimentar escenarios de polarización, deslegitimación institucional y desconocimiento de los resultados democráticos, afectando gravemente la estabilidad del Estado de Derecho«.

«Desconfío de la transparencia de las elecciones del 2026«, manifestó Petro la noche del martes desde su cuenta de X, lo que desató una serie de reclamos de sectores de oposición, que interpretaron su mensaje como un eventual llamado a suspender los comicios de Congreso y presidenciales.

Este miércoles, Petro dijo a través de esa misma red social que «hay momentos de máxima estupidez humana: Yo no quiero aplazar elecciones. Pero eso de traer una empresa que fue detectada por su software en un fraude electoral, ni más ni menos que por la justicia de Colombia, pone en riesgo, por completo, la transparencia electoral«, afirmó.

Los cuestionamientos del mandatario apuntarían a la empresa Thomas Greg, que podría hacer parte de las compañías escogidas por la Registraduría para llevar a cabo las elecciones de 2026.

Frente a estos señalamientos, la ANDI se puso del lado de la Registraduría, a la que calificó como una institución «pilar fundamental de la democracia de nuestro país» y reclamó que la sociedad la respalde.

«Es de suma importancia que toda la sociedad rodee y respalde esta entidad y la capacidad que tiene de cumplir a cabalidad su papel como garante de la democracia y, por ende, del normal funcionamiento de toda la institucionalidad colombiana«, señaló la Asociación.

«La Registraduría representa uno de los mayores símbolos de la democracia, y corresponde a todos los demócratas respaldar su gestión. Es preciso destacar y fortalecer su desarrollo, su objetividad y es necesario proteger su posición como garante de las elecciones de nuestro país«, manifestó Bruce Mac Master, presidente de la ANDI.

Embargan bienes de petrolera francesa por financiar paramilitares en Casanare

Embargan bienes de petrolera francesa por financiar paramilitares en Casanare

En un hecho sin precedentes, la Fiscalía General de la Nación impuso medidas cautelares de embargo, secuestro y suspensión del poder dispositivo sobre dos oficinas pertenecientes a una petrolera internacional de origen francés, señalada de haber financiado a grupos paramilitares en Colombia.

La decisión fue adoptada por un magistrado con funciones de control de garantías de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá, a solicitud de la Dirección de Justicia Transicional del ente acusador.

Las oficinas, ubicadas en un edificio del centro financiero de Bogotá, tienen un valor comercial estimado de $41.318 millones de pesos, cerca de 10 millones de dólares, y fueron entregadas al Fondo para la Reparación de las Víctimas. Su destino será la indemnización de personas afectadas por el accionar paramilitar en el departamento del Casanare.

Pruebas y cooperación internacional

Para identificar los bienes, la Fiscalía accedió a información clave sobre la estructura y control corporativo de la empresa mediante la Red de Recuperación de Activos del GAFILAT (Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica), organización de la que Colombia hace parte.

Además, se aplicaron técnicas de análisis criminal, se recolectaron elementos probatorios y se revisaron contratos de concesión, explotación y producción de hidrocarburos suscritos por la compañía. El material permitió evidenciar que las más altas instancias del grupo empresarial autorizaron la financiación de actividades ilegales.

Testimonios de exparamilitares

Exjefes del bloque Centauros de las extintas AUC, como Daniel Rendón HerreraManuel de Jesús Pirabán y Orosman Orlando Osten Blanco, declararon en versiones libres ante Justicia y Paz que la compañía entregó dinero, combustible, alimentación y transporte al grupo armado ilegal entre 1997 y 2005, a cambio de servicios de seguridad en zonas de extracción de crudo.

Este respaldo habría permitido a la multinacional incrementar su patrimonio durante el periodo de posible vínculo con las estructuras armadas ilegales.

Apoyo institucional

Las investigaciones estuvieron a cargo del Grupo de Persecución de Bienes de la Dirección de Justicia Transicional, con apoyo del CTI, el Grupo Investigativo de Jurisdicciones Especiales de la DIJIN, el Ministerio de Minas y Energía, la Agencia Nacional de HidrocarburosEcopetrol y otras entidades judiciales.

Foto: Fiscalía General de la Nación

Concejales de municipios pequeños ya recibirán honorarios: nueva ley beneficia a 965 municipios

Concejales de municipios pequeños ya recibirán honorarios: nueva ley beneficia a 965 municipios

Bajo el número 2461 del 18 de junio de 2025, entró en vigencia la ley con la cual el Estado empezó a reconocer los honorarios a los concejales de las categorías 5 al 6, los cuales aún no tenían derecho a ese reconocimiento los de municipios de ciudades capitales y categorías superiores.

De acuerdo con las cifras de la Confederación Nacional de Concejos y Concejales de Colombia y Federación de Concejos Capitales (Confenacol y Fedecapitales), la ley representa un beneficio en concreto a 965 municipios. Hasta antes de entrar en vigencia la ley, un concejal de sexta categoría no alcanzaba a ganar un salario mínimo mensual con todas las sesiones que tiene al año. Después de descuentos, le quedan cerca de 850 mil pesos mensuales.

La ley amplía el número de sesiones ordinarias y extraordinarias de los concejos municipales de tercera a sexta categoría. El valor por sesión para los concejos de más baja categoría está calculado en 296.314 pesos, que se equipara con los concejos cuarta categoría, quienes hasta ahora disfrutaban de mayores beneficios.

La ley no contempla a los concejales de las ciudades capitales debido a que el número de sesiones es mayor y el factor salarial actual se considera adecuado para el desarrollo de sus funciones.

La ley define igualmente que los municipios de tercera a sexta categoría también habrá un aumento de sesiones ordinarias pasando a un mínimo de 70 a 80 y en el caso de las sesiones extraordinarias de 20 a 40.

Desde la Confederación Nacional de Concejos y Concejales de Colombia (Confenacol) se manifestaron exultantes por la sanción de la norma que reconoce la labor de los concejales del país.

«Este logro es el resultado del trabajo articulado, decidido y constante de nuestros concejales, quienes han respaldado esta iniciativa desde los territorios, así como del acompañamiento y compromiso de líderes que creen en el poder transformador del gobierno local», manifestó la Confederación.

El gremio de los concejales destacó el papel de los autores de la ley, senador Germán Blanco Álvarez y el Representante Óscar Sánchez León, dado que «esta ley es el resultado de una lucha colectiva que dignifica la labor de los concejales y refuerza el papel fundamental que cumplen en la democracia territorial».

De Colprensa

Corte avala restricciones en Catatumbo, pero tumba normas sobre alimentos y turismo

Corte avala restricciones en Catatumbo, pero tumba normas sobre alimentos y turismo

La Corte Constitucional declaró exequibles seis artículos del Decreto 154 de 2025 que restringen la circulación de vehículos en Catatumbo y otros municipios del Cesar. Declaró inexequibles dos decretos relacionados con abastecimiento alimentario y el Sistema General de Participaciones. Además, avaló parcialmente normas sobre vivienda, incentivos turísticos y medidas agropecuarias en zonas afectadas por el conflicto.

El alto tribunal declaró exequibles los artículos 1, 2, 4, 5, 6 y 7 del Decreto Legislativo 154 de 2025, que regulan la circulación de vehículos terrestres, fluviales y aéreos en zonas rurales de Catatumbo y Cesar. Estas restricciones se aplican en horarios determinados y excluyen a motocicletas, así como a vehículos destinados a servicios esenciales. El artículo 3, sobre registros a medios de transporte por parte de las Fuerzas Militares, fue declarado exequible bajo la condición de que solo se aplique en zonas rurales sin presencia policial y bajo normas de la actividad de policía.

La Corte declaró inexequible el Decreto Legislativo 0107 del 29 de enero de 2025, que buscaba garantizar abastecimiento alimentario y actividades agropecuarias en la región. El fallo concluyó que no cumplió con los juicios de finalidad, motivación, conexidad y necesidad exigidos por la Constitución.

Asimismo, el Decreto Legislativo 136 del 5 de febrero de 2025, que autorizaba una destinación extraordinaria de recursos del Sistema General de Participaciones, fue declarado inexequible al incumplir el requisito formal de firma de todos los ministros, según el artículo 214.1 de la Constitución.

El Decreto 121 de 2025, sobre agua, saneamiento básico y vivienda, recibió una aprobación parcial. La Corte señaló que los subsidios solo aplican a estratos subsidiables y eliminó artículos relacionados con habilitación de suelo y competencia funcional. Las demás disposiciones fueron declaradas constitucionales.

También fue parcialmente exequible el Decreto 117 de 2025, que otorga incentivos tributarios a operadores turísticos que alojen sin costo a personas desplazadas. Sin embargo, la Corte declaró inexequibles apartados que permitían el uso de recursos del Fondo Nacional de Turismo para apoyar al sector, por falta de vínculo con los hechos que motivaron la conmoción interior.

En cuanto al Decreto 106 del 29 de enero, que contempla medidas agropecuarias como financiamiento, crédito y alivio de pasivos, la Corte avaló parcialmente su contenido, al encontrarlo relacionado con el restablecimiento de condiciones mínimas de vida para los productores rurales en zonas afectadas por la violencia armada y el desplazamiento forzado.

Las decisiones adoptadas por la Corte se dieron tras la revisión de los decretos emitidos por el Gobierno en desarrollo del Decreto 062 de 2025, que declaró el estado de conmoción interior en Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González. La Sala Plena analizó en cada caso la relación entre las medidas adoptadas, su motivación, necesidad y proporcionalidad frente a los hechos que dieron origen a la medida excepcional.

De Colprensa

Cayó ‘El Ingeniero’: miembro del Clan del Golfo sentenciado por crímenes atroces

Cayó ‘El Ingeniero’: miembro del Clan del Golfo sentenciado por crímenes atroces

A 24 años de cárcel fue condenado Jaiber Alexander Mejía Úsuga, alias ‘Israel’ o ‘El Ingeniero’, por un juez especializado de conocimiento de Cartagena por crímenes ocasionados entre enero y agosto de 2022, en Magdalena Medio.

De acuerdo con la Fiscalía, Mejía Úsuga, miembro de la subestructura Luis Alfonso Echavarría, del Clan del Golfo, se le vincula el asesinato de 22 personas, además fue declarado responsable de los delitos de concierto para delinquir y homicidio, ambas conductas agravadas; además fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones; y fabricación, tráfico y porte de armas, municiones de uso restringido, de uso privativo de las Fuerzas Armadas o explosivos.

Para la Fiscalía, por orden de altos mandos del grupo armado, ‘Israel’ direccionó a otros integrantes de la subestructura para mantener el control en San Pablo y Simití (Bolívar); y Puerto Wilches y Barrancabermeja (Santander).

Algunos de los homicidios se dieron bajo la modalidad de sicariato, por el control del tráfico local de estupefacientes en la región. Para la Fiscalía, otros hechos se presentaron mediante emboscadas en zona rural, estas acciones iban dirigidas a las Fuerzas Armadas. Por último, la modalidad de retención, en la cual sus víctimas eran acusadas de financiar grupos al margen de la ley.

De Colprensa