Trabajadores de Viva Air acudirán a instancias internacionales tras anuncio de la aerolínea de suspender el pago de nómina 

Trabajadores de Viva Air acudirán a instancias internacionales tras anuncio de la aerolínea de suspender el pago de nómina 

Los 800 trabajadores que a pesar de la crisis siguen vinculados a Viva Air se levantaron con la mala noticia de que la Aerolínea no pagará más sus obligaciones contractuales a partir de este mes, y que además los desvincularán de servicios esenciales como el de la póliza de salud. Ante este panorama los trabajadores acudirán a instancias internacionales e interpondrán recursos legales.

«Se ve cada vez más el tremendo impacto de las malas acciones y decisiones tardías de la Aeronáutica Civil durante los últimos 10 meses, solo reconocieron que la aerolínea estaba en crisis hace un mes, cuando financieramente ya era insostenible. Ahora lo preocupante es que la empresa le informa a los trabajadores que ellos mismos deberán pagar su pólizas de salud cuando ni siquiera recibirán el pago por su trabajo, de dónde pretenden que saquen recursos para su seguridad social. En este orden de ideas le hacemos nuevamente un llamado al Gobierno Nacional para que autorice una renta básica de al menos un salario mínimo», indicó Carlos Roncancio Asesor Legal de los Trabajadores Aéreos en Colombia.

De los 5.000 empleos que tenía Viva, entre directos e indirectos, solo lograron preservar sus trabajos 800 personas, pero hoy también quedan en el limbo al no poder recibir el pago de sus salarios. «Presentaremos además demandas y acciones de tutela y acudiremos a instancias internacionales para preservar y salvaguardar los derechos de al menos las mujeres embarazadas y las personas enfermas y con vulnerabilidad», puntualizó Roncancio.

De otro lado en las últimas horas se conoció una convocatoria laboral de la aerolínea Avianca donde buscan más de 700 personas, «agradecemos la buena voluntad de Avianca para darle prioridad a las personas que perdieron su trabajo tras el cese de operaciones de Viva y Ultra Air, pero nuevamente estamos en manos de la Aerocivil, si la entidad no le aprueba varios slots a Avianca, ni le autoriza nuevos aviones y permisos no se podrá efectuar estas contrataciones, confirmó Carlos Roncancio

Ultra Air S.A.S deberá responder ante Superintendencia de Transporte

Ultra Air S.A.S deberá responder ante Superintendencia de Transporte

La aerolínea deberá informar a la Superintendencia de Transporte, el mecanismo de preservación de los pasivos por la venta anticipada de tiquetes para efectos de garantizar la efectiva medida de cumplimiento del plan de manejo de pasajeros, ante un eventual cese y/o suspensión de las operaciones.

La Superintendencia de Transporte mediante la Resolución N. 948 del 22 de marzo de 2023, dicta medida admirativa a la sociedad Ultra Air S.A.S. debido a que la aerolínea presenta baja liquidez, lo cual dificulta el compromiso con las obligaciones a corto plazo, generando un riesgo de incumplimiento con sus acreedores. Además, la situación contractual relacionada con las aeronaves dispuestas para la prestación del servicio refleja una posible vulnerabilidad a la capacidad operativa que permita cumplir con su objeto social, así como con las obligaciones a su cargo, principalmente aquellas relacionadas con proveedores y ventas anticipadas de tiquetes.

Medidas administrativas:

1. La Sociedad Ultra Air S.A.S, deberá implementar un plan de trabajo en donde se detalle un listado desagregado por rutas, el cual deberá incluir la programación de los vuelos comerciales, para cada uno de los siete (7) días de la semana, donde se identifique la aeronave y el personal de la tripulación para cada una de las frecuencias.
2. Deberá informar a la SuperTransporte todos los lunes antes de las 6:00 pm, por un término de tres (3) meses, sobre la toma de decisiones de los órganos de administración cuando se presente un riesgo de tipo económico y operacional que afecte la prestación del servicio.
3. Deberá informar a la Dirección de Investigaciones de Concesiones e Infraestructura de la Superintendencia de Transporte, las negociaciones que adelante para su capitalización.
4. Deberá implementar acciones necesarias, preventivas o correctivas, relacionadas con el plan de manejo de pasajeros ante un eventual cese y/o suspensión de operaciones.
5. Deberá informar a la Superintendencia de Transporte, el mecanismo de preservación de los pasivos por la venta anticipada de tiquetes para efectos de garantizar la efectiva medida de cumplimiento del plan de manejo de pasajeros, ante un eventual cese y/o suspensión de las operaciones.