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Por medio de un comunicado, la Tercera Brigada del Ejército señaló que ante el conato de una asonada por parte de la comunidad de la zona montañosa de Jamundí, decidieron retirar la tropas para evitar una confrontación con los civiles, en momentos en que los uniformados realizaban labores de patrullaje y control de territorio.

La comunidad afirmó que solicitaron el retiro del ejército ya que no quieren que se presenten enfrentamientos con grupos ilegales armados que delinquen en la zona.
En la parte montañosa de Jamundí hay presencia del grupo residual Adán Izquierdo de la extingas Farc y es el corredor de tráfico de estupefacientes hacia el Mar pacífico.
Este es el comunicado:

COMUNICADO DE PRENSA

Frente a los recientes hechos registrados en zona rural del municipio de Jamundí, Valle del Cauca, la Tercera Brigada del Ejército Nacional se permite informar que:

1. Los soldados del Ejército Nacional, en un trabajo coordinado, conjunto e interinstitucional con la Armada, la Fuerza Aérea, la Policía y la Fiscalía, realizan presencia y control militar en el área rural de Jamundí, Valle del Cauca, donde actualmente se encuentran activas tres alertas tempranas emitidas por la Defensoría del Pueblo: 037 del 2018, 06 del 2019 y 015 del 2020, por lo cual se desplegó una operación militar para garantizar la seguridad de los habitantes de la región.

2. Integrantes de la comunidad, mediante un intento de asonada, de forma agresiva contra la Fuerza Pública atentaron contra su integridad, oponiéndose al cumplimiento del procedimiento legal que allí se realiza (presencia institucional). Ante esto, y para evitar cualquier tipo de confrontación con la población y salvaguardar los derechos humanos, las unidades se retiran del sector.

3. Esta no es la primera vez que se obstruye y detienen las acciones de las autoridades en ese sector, donde constantemente algunas personas buscan evitar el actuar legal de las instituciones.

Se insta a la comunidad a no obstruir las operaciones militares ni agredir a los uniformados, ya que esto puede ser constitutivo de tipos penales, como los consagrados en los artículos 226, 429 y 469, del Código Penal Colombiano.

4. De igual forma, se hace un llamado a las autoridades municipales y departamentales, para que desde sus roles y funciones adelanten las acciones legales frente a estos sucesos de hechos violentos por parte de la población civil, en cumplimiento del principio constitucional de colaboración armónica entre las instituciones.

5. Este Comando continuará empleando todas las capacidades por el bienestar, tranquilidad y seguridad de esta próspera región del país, bajo el respeto a los derechos humanos y cumplimiento estricto de las disposiciones del derecho internacional humanitario.

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