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El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos señaló en un comunicado de prensa que a la fecha no se ha realizado ninguna modificación a las Autorizaciones Sanitarias de Uso de Emergencia — ASUE otorgadas a vacunas para el tratamiento y/o prevención de covid-19, tendiente a incluir como importador autorizado a personas jurídicas de derecho privado o de personas jurídicas con participación pública que se rijan por el derecho privado.

La Resolución 507 de 2021 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social establece los requisitos para la importación, adquisición y aplicación de las vacunas contra covid-19 por parte de privados, y su artículo 2 numeral 2.1, establece que los privados interesados en importar dichas vacunas deben solicitar la modificación de la Autorización Sanitaria de Uso de Emergencia – ASUE ante este Instituto para ser incluidos como importadores, diferentes al titular de la Autorización.

En consecuencia,  hasta el momento ninguna persona  jurídica  de  derecho  privado o persona jurídica con participación pública que se  rija  por  el  derecho privado se encuentra autorizada para la importación de estas vacunas.

El proceso de inmunización que se adelante en el marco del Plan Nacional de Vacunación contra covid-19 y según lo dispuesto en el artículo 5 de la Resolución mencionada, deberá efectuarse a cero costos para los beneficiarios de su aplicación.

Una vez expuesto lo anterior, Invima hace un llamado y recomienda a los ciudadanos abstenerse de adquirir y/o aplicarse cualquier vacuna contra covid-19 diferente a las autorizadas y aplicadas de manera gratuita, en ejecución del Plan Nacional de Vacunación.

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