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A solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un hombre de 54 años enfrentará medidas de aseguramiento en un centro carcelario por presuntos actos de violencia intrafamiliar. El individuo habría abusado sexualmente de su compañera sentimental y agredido a sus hijos de 4 y 7 años entre los años 2015 y 2023 en el municipio de Bello, Antioquia, donde compartían domicilio.

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Según el fiscal del Centro de Atención Integral a Víctimas de Abuso Sexual (CAIVAS), la mujer ha sido una víctima constante de violencia de género, incluso después de poner fin a la convivencia con el ahora procesado. La medida de aseguramiento en un centro carcelario busca salvaguardar a las víctimas y garantizar que el presunto agresor rinda cuentas ante la justicia por estos graves delitos.

Abusos del señalado cuando fue encarcelado en Bellavista

La investigación de la Fiscalía ha revelado un caso de violencia extrema, en el cual el hombre bajo investigación habría sometido a la mujer a maltrato físico, psicológico y sexual. La situación se agrava con el hecho de que, según los informes, durante una visita a la cárcel Nacional Bellavista en 2015, el acusado la habría golpeado en varias partes del cuerpo, profundizando aún más en la gravedad de los hechos.

Además de los abusos físicos, habría perpetrado al menos 10 actos de abuso sexual. Inquietantemente, amenazó con atentar contra su vida si intentaba abandonarlo. También se le atribuye el sometimiento a agresiones verbales y físicas contra los hijos de la mujer cuando intervinieron en defensa de su madre, según la directora de la Fiscalía en la seccional de Medellín.

Con todas estas pruebas, la Fiscalía imputó al procesado los delitos de acceso carnal violento agravado y violencia intrafamiliar agravada, ambas conductas en concurso homogéneo y sucesivo, cargos que no fueron aceptados por el hombre.

Cabe recordar que, en Colombia, la ley castiga con prisión de 12 a 20 años, a aquellos que incurran en el delito de acceso carnal violento.

Por otra parte, sanciona con una pena de cuatro a ocho años, a quienes maltraten física o psicológicamente a cualquier miembro de su núcleo familiar. Adicionalmente, esta se aumenta de la mitad a las tres cuartas partes si esta conducta recae sobre un menor, adolescente, una mujer o una persona mayor de 60 años.

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