Explicamos en detalle los pormenores del proyecto de ley 108 de 2022, que tiene como objetivo crear un régimen de tratamiento penal alternativo para la seguridad y la convivencia ciudadana.

¿De dónde nace la construcción de este Proyecto de Ley? 

Nace de la necesidad de implementar en el país la justicia restaurativa a partir de los efectos ocasionados por la pandemia del COVID-19 y las afectaciones a la seguridad ciudadana.

¿Quién y cuándo se presentó?

Se presentó el 3 de agosto de 2022 y el ponente es el honorable Representante a la Cámara Juan Sebastián Gómez González por iniciativa de la Alcaldía Mayor de Bogotá.

¿Quiénes son los proponentes del Proyecto de Ley?

Las propuestas nacen desde la Alcaldía Mayor de Bogotá y los proponentes son:

Juan Sebastián Gómez González

Representante a la Cámara por Caldas – Nuevo Liberalismo

Angélica Lozano Correa

Senadora de la República – Partido Alianza Verde

Katherine Miranda

Representante a la Cámara – Partido Alianza Verde

Olga Lucía Velásquez

Representante a la Cámara – Partido Alianza Verde

Juan Carlos García Gómez

Senador de la República – Partido Conservador Colombiano

Nadia Georgette Blel Scaff

Senadora de la República – Partido Conservador Colombiano

Carolina Giraldo Botero

Representante a la Cámara por Risaralda – Partido Alianza Verde

CAROLINA ESPITIA JEREZ

Senadora de la República – Partido Alianza Verde

¿Cuándo se realizaron las propuestas para integrar al texto del Proyecto de Ley?

En septiembre de 2021 en una reunión sostenida en la Alcaldía Mayor de Bogotá.

¿Quiénes realizaron las propuestas para integrar al texto del Proyecto de Ley?

La alcaldesa mayor de Bogotá Claudia López, el fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa y representantes de la rama judicial.

¿Qué es el principio de Justicia Restaurativa?

La justicia restaurativa es una forma alternativa de abordar la criminalidad centrada en la reparación de la relación entre víctima, victimario y sociedad, a través de la utilización de mecanismos dialógicos de conciliación y mediación que promuevan la reparación integral de los daños causados.

¿Sobre el principio de Justicia Restaurativa qué mecanismos se propusieron de restauración para la víctima?

Con el objeto de garantizar justicia restaurativa, se propuso principalmente que el victimario proceda a reparar integralmente a sus víctimas y a la sociedad, a través de la imposición de trabajo social no remunerado.

¿Qué tipo de mecanismos transformadores se plantearon para los condenados?

Para garantizar la NO repetición de las conductas, la alternatividad penal propuesta en este proyecto se basa, además de la privación real de la libertad, en la utilización de estos espacios para la realización de actividades que permitan otorgar a los procesados las herramientas reales para no volver a incurrir en conductas delictivas, tales como participación obligatoria en programas de instrucción en artes, oficios o educación formal; programas con contenido social reparador; programas de tratamiento y rehabilitación de adicciones; y trabajo social no remunerado.

¿Qué se propuso sobre el tipo de sanciones efectivas?

• Habrá garantía de privación real de la libertad en Centros de Retención para la Trasformación Social y la Seguridad Ciudadana –CERTS-.

• El proyecto propone un giro en la política criminal basado principalmente en el cumplimiento de sanciones reales y no simplemente en el efecto simbólico de penas muy altas.

• También se propone un procedimiento rápido y eficiente que cuenta con fiscales y jueces propios cuya duración no deberá ser superior a cinco (5) meses o cuatro (4) meses en casos de flagrancia.

• Se proponen sanciones alternativas consistentes en trabajo social no remunerado y privación transformadora de la libertad en Centros Especializados.

¿Cuál es la diferencia con el proyecto que propone el Gobierno Nacional?

La principal diferencia consiste en reconocer primero los derechos de los ciudadanos víctimas, combatiendo la impunidad, pero con sanciones efectivas que contribuyan realmente a la resocialización de los infractores de la Ley.

 ¿En qué etapa va?

Actualmente, el Proyecto está con ponencia favorable para primer debate en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes.

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