Se incrementan casos de violencia sexual en colegios públicos y privados en Bogotá

Se incrementan casos de violencia sexual en colegios públicos y privados en Bogotá

Según la Secretaría de Educación distrital entre enero y marzo de 2024 se registraron 1.664 situaciones de abuso en niños, niñas y adolescentes.

Bogotá, D. C., 5 de junio de 2024 (@PGN_COL). Ante el preocupante incremento registrado en el número de casos de violencia sexual en colegios públicos y privados, registrado por la Secretaría de Educación de Bogotá, la Procuraduría General de la Nación requirió información detallada sobre las medidas adoptadas para prevenir y atender esta grave situación.

De acuerdo con la respuesta dada por ese organismo a un derecho de petición, elevado por la concejal de Bogotá, Diana Diago, entre enero y marzo de 2024 se registraron 1.664 casos de abuso en niños, niñas y adolescentes.

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En comunicación dirigida a la titular de esa cartera del distrito, Isabel Segovia Ospina, el Ministerio Público solicitó un reporte del número de situaciones registradas en el Sistema de Alertas Tempranas, en lo que va corrido del presente año, relacionadas con agresión escolar, acoso escolar, ciberacoso y casos de agresión escolar que puedan constituir presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual.
Al respecto, el Órgano de Control solicitó a la Secretaría de Educación que, a partir de la fecha, le sean remitidas mensualmente las cifras actualizadas sobre estos casos.

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Así mismo, pidió información sobre la existencia de un protocolo específico para el abordaje de los casos de abuso sexual en las instituciones educativas de su jurisdicción.
Por último, la Procuraduría también indagó sobre el cumplimiento, por parte de los establecimientos educativos, de las directrices ministeriales “para la adopción de medidas integrales y efectivas hacia la promoción, la prevención de la vulneración y la protección, garantía y atención de los derechos de los niños, niñas y adolescentes”.
Cámara de Representantes acepta renuncia de Carlos Camargo como defensor del pueblo

Cámara de Representantes acepta renuncia de Carlos Camargo como defensor del pueblo

Foto: EFE/ Mauricio Dueñas Castañeda

La Cámara de Representantes aprobó la renuncia de Carlos Camargo Assís como defensor del Pueblo, quien dimitió para convertirse en el nuevo vicerrector de la Universidad Sergio Arboleda. Camargo, cuyo mandato terminaba el 31 de agosto, dejó oficialmente la institución encargada de proteger los derechos humanos en Colombia.

En la sesión plenaria realizada en el Salón Elíptico, 117 congresistas votaron a favor de aceptar la renuncia de Camargo, mientras que solo seis votaron en contra. Esto implica que se deberá nombrar un defensor interino debido a la salida del funcionario que asumió el cargo el 1 de septiembre de 2020, después de ser elegido de una terna propuesta por el entonces presidente Iván Duque.

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«Tras mi salida, el actual vicedefensor Julio Luis Balanta Mina, quien también ha sido delegado para Asuntos Étnicos, asumirá el cargo de defensor del Pueblo. El doctor Balanta es un representante ejemplar del pueblo negro, originario del norte del Cauca y conocedor de las dinámicas territoriales», declaró Camargo.

Camargo Assís describió su gestión como defensor del Pueblo como exitosa, explicando a los medios de comunicación que su decisión de renunciar no fue difícil, ya que una gran parte de su plan de trabajo se había cumplido, alcanzando un 97% de los objetivos. Aseguró que su sucesor podrá continuar la labor de la Defensoría, creada con la Constitución de 1991, sin inconvenientes.

«Presento mi renuncia al cargo de Defensor del Pueblo, que he ocupado desde el 1 de septiembre de 2020», decía la carta del 31 de mayo en la que confirmó su decisión de asumir nuevos retos profesionales en una de las instituciones educativas más prestigiosas del país.

Cabe destacar que Camargo fue designado después de que el presidente Duque, el 15 de agosto de 2020, presentara una terna para su nombramiento junto con Luis Andrés Fajardo y Myriam Martínez Cárdenas. Fajardo, quien ocupó la vicedefensoría, también renunció por razones académicas.

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En su nuevo rol en la Universidad Sergio Arboleda, Camargo anunció que además de la vicerrectoría, creará un observatorio de derechos humanos y un doctorado en el mismo ámbito. «Desde la academia, seguiré promoviendo la colaboración con el sector real, la sociedad en general y el Estado», afirmó.

Camargo Assís regresa así al entorno universitario con el objetivo de apoyar el proceso de fortalecimiento institucional. Aunque surgieron especulaciones sobre una posible candidatura a magistrado de la Corte Constitucional, él respondió que no puede prever el futuro y que su único compromiso actual es con la invitación de la universidad para trabajar en la vicerrectoría.

 

Formulan pliego de cargos contra exgerente de la ESE El Roble, en Sucre

Formulan pliego de cargos contra exgerente de la ESE El Roble, en Sucre

  • Al parecer Fernando Manuel Vergara Ortega ordenó el embargo de los recursos destinados a la salud por un valor cercano a los $12 mil millones

Bogotá, D. C., 3 de junio de 2024 (@PGN_COL). La Procuraduría General de la Nación profirió pliego de cargos al exgerente de la Empresa Social del Estado Centro de Salud El Roble, Sucre, Fernando Manuel Vergara Ortega, por supuestamente emitir una resolución que obligaba el pago de las obligaciones contraídas por Comfasucre EPS, con lo que puedo extralimitarse en el ejercicio de sus funciones.

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La situación surgió debido a la supuesta extralimitación de funciones del gerente de la época al emitir una resolución que obligaba a pagar las deudas de la EPS de la Caja de Compensación Familiar de Sucre, Comfasucre. La Procuraduría Delegada para la Economía y Hacienda señaló que la decisión del funcionario incluyó el embargo de recursos destinados a la salud, por un valor aproximado de $12 mil millones, decretando dicho embargo sin tener la autoridad ni competencia para hacerlo, afectando así los fondos disponibles en las cuentas bancarias de la entidad.

Además, “con los hechos ocurridos durante el año 2022, Vergara Ortega pudo haber ignorado que el dinero formaba parte del Presupuesto General de la Nación y que, al estar destinado al sistema de salud, no podía ser embargado bajo ninguna circunstancia. El disciplinable posiblemente violó el orden institucional al ignorar el principio de inembargabilidad”.

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La Procuraduría confirmó que las ESE no tienen competencia para llevar a cabo procesos coactivos contra las EPS, las ARP y la ADRES, por lo que calificó su aparente actuación de manera provisional como falta grave cometida a título de culpa gravísima.

La Procuraduría advierte que Colpensiones no está preparada para asumir la reforma pensional

La Procuraduría advierte que Colpensiones no está preparada para asumir la reforma pensional

Foto: JAIME ACOSTA (REUTERS)

La Procuraduría General de la Nación ha emitido una advertencia urgente a la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, sobre los graves riesgos que enfrenta Colpensiones en caso de que se apruebe la reforma pensional. La principal preocupación de la Procuraduría radica en la falta de capacidad de Colpensiones para gestionar los nuevos afiliados y aportes que se derivarían de la reforma.

En una carta enviada el 30 de mayo, la procuradora delegada, Diana Margarita Ojeda, destacó que no existe claridad sobre cómo Colpensiones administraría la afluencia de nuevos afiliados y aportes. La Procuraduría ha señalado que, a lo largo de varios años y en diferentes mesas técnicas, se han evidenciado retrasos significativos en la atención de trámites y una gestión deficiente para ponerse al día.

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Además, la Procuraduría notificó a la ministra Ramírez que al menos 45 temas estructurales del sistema requerirán una reglamentación posterior. Esto podría llevar a una alta judicialización y vulneración de los derechos de los afiliados, especialmente aquellos que soliciten prestaciones económicas y se vean afectados por las demoras en la reglamentación.

La Junta Directiva de Colpensiones informó que, al 31 de marzo de este año, se encontraban pendientes 48.833 trámites. La Procuraduría también recordó los problemas surgidos durante la transición del Instituto de Seguros Sociales (ISS) a Colpensiones, que llevó a la Corte Constitucional a declarar un Estado de Cosas Inconstitucional en 2013, una situación que solo se superó parcialmente en 2015.

 

Reforma Pensional

El ente disciplinario subrayó que Colpensiones no cuenta con la capacidad técnica, administrativa ni operativa para implementar la reforma y gestionar aproximadamente 19 millones de nuevos afiliados. A pesar de los planes de contingencia, los atrasos en las decisiones sobre prestaciones económicas para la población afiliada actual no se han resuelto. La meta era reducir las solicitudes vencidas a 5.500 para el 31 de diciembre de 2023, pero el informe del 20 de octubre de 2023 reveló que había 8.609 trámites pendientes.

Por ello, la Procuraduría hace un llamado al Gobierno Nacional, al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y al Congreso de la República para que consideren los estudios y análisis del costo fiscal que implicará la reforma para el Presupuesto General de la Nación. Se insiste en la necesidad de contar con estudios de impacto fiscal y de sostenibilidad financiera del sistema de Protección a la Vejez a mediano y largo plazo.

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Esta advertencia ya había sido emitida en un documento previo durante el segundo debate de la reforma en el Senado, destacando los riesgos de sostenibilidad financiera del régimen pensional. En esa ocasión, la Procuraduría manifestó que la aprobación de la reforma no contó con los estudios técnicos y recomendaciones de diversos expertos.

 

El Consejo Superior de la Judicatura continuará con sus funciones de gobierno y administración de la Rama Judicial

El Consejo Superior de la Judicatura continuará con sus funciones de gobierno y administración de la Rama Judicial

Este miércoles, el Consejo Superior de la Judicatura confirmó que seguirá ejerciendo sus funciones de gobierno y administración de la Rama Judicial, conforme a la sentencia sobre el proyecto de Ley que modifica la Ley Estatutaria de Administración de Justicia, la cual fue parcialmente declarada exequible por la Corte Constitucional.

En consecuencia, el órgano de gobierno de la Rama Judicial seguirá tomando decisiones sobre políticas que aseguren la autonomía e independencia judicial, el acceso a la justicia, la eficiencia de la Rama Judicial y la tutela judicial efectiva.

Además, se informó que se declaró constitucional la competencia del Consejo Superior de la Judicatura para crear, modificar y eliminar despachos judiciales, considerando los territorios con relaciones funcionales, sociales, económicas y ambientales más allá de la organización política, así como la coordinación con autoridades administrativas y otros actores en la resolución de conflictos.

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Por otro lado, la Corte Constitucional declaró inconstitucionales las funciones de definición de políticas de la Rama Judicial, emisión de conceptos vinculantes y elección del director ejecutivo de administración judicial, asignadas en el trámite legislativo a la Comisión Interinstitucional, ya que estas competencias fueron otorgadas al Consejo Superior de la Judicatura por la Carta Política.

Sin embargo, la Corte aclaró que la administración y el gobierno de la Rama Judicial deben considerar y responder a las necesidades de las corporaciones, funcionarios, empleados judiciales y la ciudadanía.

La sentencia también establece que la Rama Judicial debe diseñar e implementar un plan estratégico para superar barreras y mejorar el acceso a la justicia, especialmente para poblaciones rurales, vulnerables y personas con discapacidad.

En cuanto a la conformación de listas del Consejo de Estado, la Corte Suprema de Justicia y la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, el criterio de equidad de género del proyecto de ley garantizará al menos la paridad entre hombres y mujeres en estas instituciones.

El Consejo Superior de la Judicatura también deberá elaborar un Plan de Transformación Digital para la Rama Judicial cada cuatro años, identificando las necesidades en el uso de TIC y los cambios de modelo necesarios para asegurar el acceso a la justicia. Además, tendrá la responsabilidad de establecer lineamientos y contenidos mínimos para que las cortes, tribunales superiores y administrativos, y juzgados rindan cuentas a la ciudadanía y a los servidores judiciales, promoviendo así la rendición de cuentas y el seguimiento ciudadano de la gestión judicial.

En relación con el acceso a la carrera judicial, se estipula la realización de concursos de ascenso para funcionarios o empleados escalafonados en el grado salarial inferior, siempre que cumplan con los requisitos y condiciones para los cargos convocados.

Finalmente, sobre el presupuesto de la Rama Judicial, la sentencia declaró constitucional el mandato de que este sea equivalente al 3% del presupuesto de rentas y recursos de capital del tesoro nacional, entendiéndose como una realización gradual e incremental.