Con base en el seguimiento que venimos realizando al fallo de la Corte Internacional de Justicia de La Haya de 2012, nos preocupa que las actividades de pesca depredadora por parte de pescadores nicaragüenses, en el área otorgada por esa Corte, es una amenaza directa a los ecosistemas, al sostenimiento de los recursos naturales y a la seguridad alimentaria de las poblaciones costeras.

La verdad observamos que no existen garantías legales que otros Estados como Nicaragua, en este caso, exijan el respeto a las áreas y épocas de veda y tipos de pesca, control del tamaño y cantidad de especies capturadas, o protección de especies amenazadas o en vías de extinción, como son por ejemplo las tortugas marinas, la langosta espinosa, el caracol pala, el pargo y algunas especies de tiburones, entre otros.

Para la Contraloría, el fallo de La Haya menospreció los derechos de la comunidad raizal, que depende de la pesca para su subsistencia, lo cual va en contravía de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de las minorías, y justamente, la comunidad raizal ha sido reconocida como minoría étnica y ancestral y constituye casi que el 40% de la población del Archipiélago de San Andrés y Providencia. La Contraloría General viene y continuará haciendo un seguimiento permanente para que las instituciones del estado colombiano directamente responsables sobre este tema garanticen, los cuales son:

  • La protección de los derechos ancestrales de la comunidad raizal.
  • Las medidas para la protección ambiental de la reserva de Biósfera Seaflower.
  • Las medidas para garantizar la seguridad alimentaria por medio de la pesca sostenible.
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