Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia no cobrarán la comisión de ley por los retiros de cesantías destinados a vivienda de los damnificados por el sismo del 10 de agosto. La exoneración regirá en septiembre, octubre y noviembre.
Retiros de cesantías sin comisión
La medida cubre los recursos que se usen para la compra, reparación, reconstrucción o mejoramiento de vivienda en las zonas afectadas. El beneficio elimina la comisión que normalmente se aplica al retiro del auxilio de cesantías y busca que los ahorros lleguen de forma más completa a quienes deben atender daños en sus hogares.
Andrés Velasco, presidente de Asofondos, afirmó que las cesantías son un instrumento de cada trabajador para ayudar a levantar nuevamente su vivienda. El anuncio de Asofondos reportó afectaciones en 497 municipios tras el movimiento telúrico.
La Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres registró más de 134.000 viviendas averiadas y cerca de 29.500 destruidas en las zonas impactadas. Dentro del periodo definido, el retiro para vivienda podrá tramitarse sin intermediarios ni pago de comisión.
Cómo se presenta la solicitud
El trámite comienza con una solicitud escrita del trabajador a su empleador para obtener la autorización del retiro. También debe reunir los documentos que acrediten su condición de damnificado y que respalden el destino de los recursos para vivienda.
Con la autorización y los soportes, la petición debe ser presentada ante el fondo de cesantías correspondiente. Las cuatro administradoras habilitaron atención presencial y canales virtuales para recibir las solicitudes y agilizar el proceso.
Tras la aprobación de la solicitud, el fondo realizará el desembolso en los días siguientes. La exoneración de la comisión se mantendrá durante los tres meses establecidos para los damnificados de las zonas afectadas.
Entre los mecanismos mencionados para las familias afectadas está el auxilio funerario de pensiones, sin costo adicional. Puede solicitarlo quien haya asumido los gastos funerarios de un afiliado o pensionado fallecido, mediante un trámite directo ante el fondo de pensiones.
El auxilio corresponde a entre 5 y 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes y se calcula con base en el último ingreso base de cotización del afiliado o en la última mesada del pensionado. Para pedirlo se exige formulario, registro civil de defunción, factura de gastos funerarios, identificación, certificación bancaria y, cuando corresponda, autorización de herederos.







