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La alcaldesa Claudia López le agradeció al Concejo de Bogotá por el apoyo y la aprobación del proyecto de acuerdo que amplía la exención del Predial para teatros y museos, y aumenta las tarifas del impuesto a los clubes campestres, sociales, deportivos y recreativos. El acuerdo establece en primera instancia una exención del 100% en el impuesto
Predial, para inmuebles donde se realicen espectáculos públicos de las artes escénicas o funcionen museos, a partir de 2024 y hasta 2030, sean o no Bienes de
Interés Cultural (BIC).

“Mil gracias al Concejo de Bogotá por este amplio respaldo a 2 iniciativas que logran gran justicia social y tributaria para la cultura y la ciudad: que los teatros y museos paguen menos y la cultura sea más asequible a toda la ciudadanía, y en cambio los clubes sociales paguen más”, aseguró la alcaldesa López a través de sus redes
sociales. Como representantes de la administración distrital en el debate en el recinto del Concejo, estuvieron presentes los secretarios de Gobierno, Felipe Jiménez, y de Hacienda, Juan Mauricio Ramírez, quienes impulsaron las iniciativas que finalmente tuvieron luz verde en el cabildo.

“La exención del 100% al predial de los teatros y museos de la ciudad, era una deuda pendiente con el sector cultural. Seguidamente, se aprobó impuesto predial progresivo para los clubes de la ciudad, un incremento que permite a Bogotá cada año recibir $70.000 millones adicionales», afirmó Felipe Jiménez Secretario de Gobierno. Para obtener la exención, los requisitos que deben cumplir los teatros incluyen la declaración y pago oportunos del impuesto. De igual forma, en el caso de los bienes de interés cultural, los museos deben hacer parte del listado que reporta el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural.

Para esos bienes, las condiciones incluyen que el predio debe destinarse a la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas o funcionar principalmente como museo; que el sujeto que realiza la actividad se encuentre inscrito como productor permanente en el registro del Ministerio de Cultura; que la propiedad del inmueble esté en cabeza del productor permanente o del museo, del representante legal o de alguno de los miembros de la junta directiva de la organización que acredita el registro de las artes escénicas a primero de enero de cada vigencia.

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