La Sala Segunda de Decisión de Familia del Tribunal Superior de Medellín aceptó la acción de tutela interpuesta por el alcalde de la ciudad, Daniel Quintero Calle, contra el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil, en el marco del proceso de revocatoria que se adelanta en su contra.

El tribunal aceptó la reclamación del mandatario local por presunta «vulneración del derecho al debido proceso -contradicción y defensa- establecido en el artículo 29 constitucional y el derecho a permanecer en un cargo de periodo de elección popular, artículo 40 de la Constitución».

Los alcances de este recurso legal fueron extendidos, además, a los integrantes del comité promotor de la revocatoria, liderados por Andrés Felipe ‘El Gury’ Rodríguez, por lo que podría configurarse como una presunta violación del debido proceso administrativo, el derecho a la defensa y contradicción y el derecho a elegir y ser elegido.

En la acción constitucional, el alcalde recordó que más del 60% de las firmas que presentó el comité promotor fueron declaradas inválidas y además más de 3.000 personas señalaron aparecer en los registros de firmas, sin haber accedido a hacerlo o apoyado la revocatoria.

Razones por las cuales es necesario un análisis grafológico de las rúbricas que además garantice la protección de los derechos del mandatario local. A su vez, se involucrado a Jaime Gonzalo Torres Ojeda, Jorge Alejandro Posada, Luis Alfonso García Carmona y Julio Enrique González, como los demás promotores de este proceso.

La decisión del Tribunal Superior, firmada por el magistrado Édinson Antonio Múnera García, estableció un plazo de un día para que los involucrados respondan a los requerimientos y peticiones del alcalde frente al proceso de revocatoria, luego de que la Registraduría avalara un total de 132.908 firmas pese a los serios cuestionamientos hechos por Quintero.

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