La Secretaría de Movilidad anunció los cambios que tendrá la medida de Pico y Placa en Bogotá para los vehículos particulares en el 2022: Una restricción que permitirá mitigar la congestión originada por el parque automotor y por la construcción de las obras públicas que se vienen adelantando en Bogotá.
Entre los cambios se destaca la ampliación del horario de la restricción para vehículos particulares y se extiende también al último día de los puentes festivos en los retornos a Bogotá.
«Esta medida de gestión de la demanda como es el Pico y Placa amplía su horario de restricción para los cerca de 1,9 millones de vehículos particulares matriculados en la ciudad, así como a los de otros municipios que transitan por nuestras calles», dijo el secretario de Movilidad, Nicolás Estupiñán.
«Con ello esperamos mitigar la congestión generada por el crecimiento del parque automotor. Estamos invitando a los ciudadanos a encontrar formas de movernos en modos no motorizados, en transporte público, a hacer teletrabajo, para reducir el impacto de los vehículos y las obras en la ciudad», agregó.
De acuerdo con la medida, la restricción de circulación para vehículos particulares irá desde las 6: 00 a.m. hasta las 9:00 p.m. de lunes a viernes los días hábiles, iniciando el 11 de enero de 2022.
La medida operará los días pares para los vehículos con placas finalizadas en 0, 2, 4, 6 y 8, y en días impares para los vehículos cuyas placas finalicen en 1, 3, 5, 7 y 9.
Pico y Placa también los festivos
Los ciudadanos que retornan o que deben hacer el paso por Bogotá el último día de los puentes festivos en vehículo particular, la medida de Pico y Placa Regional aplicará en los nueve corredores de ingreso a la ciudad a partir del próximo 10 de enero.
Así, hasta el mediodía no habrá restricciones para el ingreso a Bogotá pero a partir de las 12 del mediodía y hasta las 4:00 p.m. se habilitará el ingreso únicamente a los vehículos de placas pares.
A partir de las 4:00 p.m. y hasta las 8:00 p.m. ingresarán únicamente los vehículos con placas impares.
Los corredores de ingreso donde aplicará la medida de Pico y Placa Regional el último día de puentes festivos son:
- Autopista norte: desde el peaje Andes hasta el portal norte del sistema Transmilenio, sentido norte – sur
- Autopista sur: desde el límite municipal de Soacha hasta la avenida Boyacá, sentido sur – norte
- Avenida Centenario (calle 13): desde el río Bogotá hasta la avenida ciudad de Cali (avenida carrera 86), sentido occidente – oriente
- Avenida calle 80: desde el puente de guadua hasta el portal 80 del sistema Transmilenio, sentido occidente – oriente
- Avenida carrera 7: desde la calle 245 hasta la calle 183, sentido norte – sur
- Avenida Boyacá vía al Llano: desde el túnel Argelino Durán Quintero hasta la antigua vía al Llano, sentido sur – norte
- Vía Suba Cota: desde el río Bogotá hasta la avenida calle 170, sentido norte – sur
- Vía la Calera: desde el peaje Patios hasta la avenida carrera 7, sentido oriente – occidente
- Vía a Choachí: desde la vía a Monserrate hasta la avenida circunvalar, sentido oriente – occidente
- Te compartimos en la siguiente imagen el mapa de los nueve corredores de ingreso a Bogotá donde se implementará el Pico y Placa el último día de los puentes festivos:
Medidas complementarias con el Pico y Placa Solidario
El Pico y Placa Solidario, según la Administración Distrital, le permitirá a la ciudadanía que deban transitar con sus vehículos en los horarios y días de la restricción, solicitar permisos de circulación por un día, un mes o un semestre, con tarifas diferenciales dependiendo de las características del vehículo.
Las personas naturales y jurídicas pueden gestionar sus permisos de circulación diarios, mensuales o semestrales en la página web https://picoyplacasolidario.movilidadbogota.gov.co/.
Para la exención por carro compartido se deben registrar los viajes cada semana en la plataforma https://www.movilidadbogota.gov.co/web/registro_restriccion_vehicular y el vehículo siempre debe circular, desde el origen hasta el destino, con tres o más ocupantes durante el recorrido registrado para el cual es válida la exención.