El calendario tributario DIAN de julio cambió por la creación de un nuevo festivo nacional cada 9 de julio. Con el ajuste, varios vencimientos quedarán entre el 9 y el 24 de julio, según el último dígito del NIT.

Calendario tributario DIAN de julio: así quedan los vencimientos por NIT

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) modificó los plazos de vencimiento de varias obligaciones programadas para julio, luego de la expedición de la Ley 2578/26, que declaró festivo nacional el 9 de julio en conmemoración de la Virgen de Chiquinquirá.

El nuevo esquema de vencimientos quedó organizado por el último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT). Según el cronograma divulgado por la entidad, para NIT terminados en 1 el vencimiento será el 9 de julio; en 2, el 10 de julio; en 3, el 14 de julio; en 4, el 15 de julio; en 5, el 16 de julio; en 6, el 17 de julio; en 7, el 21 de julio; en 8, el 22 de julio; en 9, el 23 de julio; y en 0, el 24 de julio.

Qué impuestos entran en el ajuste y cuáles quedan con fecha única

El cambio de plazos aplica para tributos y trámites como la retención en la fuente, el IVA bimestral, el impuesto nacional al consumo, la presentación y pago del anticipo del régimen Simple de tributación, y el pago de la segunda cuota del impuesto sobre la renta para las personas jurídicas.

Además, la DIAN mantendrá un grupo de obligaciones con un límite unificado: quienes son responsables del impuesto al carbono, los de gasolina y ACPM, y quienes deban responder por los tributos a bebidas azucaradas y alimentos ultraprocesados tendrán como fecha límite el 15 de julio, sin depender del último dígito del NIT. En ese mismo plazo entran las personas no residentes o entidades no domiciliadas con presencia económica significativa (PES) y los prestadores de servicios desde el exterior encargados de declarar el IVA.

La entidad pidió a ciudadanos y empresas revisar con atención los cambios para evitar sanciones asociadas a la extemporaneidad. También indicó que los plazos del resto de compromisos del calendario tributario nacional se mantienen sin alteraciones.

Dónde pagar y el llamado del Distrito por el impuesto predial en Bogotá

Para quienes prefieran hacer el trámite de manera presencial, las autoridades recordaron que pueden acudir a entidades bancarias autorizadas y a puntos de atención CADE habilitados en Bogotá. En paralelo, la DIAN mantiene disponibles los canales virtuales para realizar el proceso en línea dentro de los nuevos plazos.

Por su parte, la Secretaría de Hacienda de Bogotá recordó que el 10 de julio vence el plazo para pagar el impuesto predial sin intereses ni sanciones, y recomendó efectuar los pagos únicamente a través del portal oficial de la entidad, para reducir riesgos de fraudes mediante enlaces enviados por mensajes de texto o correos electrónicos.

En su balance de recaudo, el Distrito reportó 4,5 billones de pesos, el 86% de la meta anual establecida, y señaló que más de 2,3 millones de predios ya cumplieron con el pago de esa obligación.

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