¿Por qué fue intervenida por Supersalud la EPS Sanitas?

¿Por qué fue intervenida por Supersalud la EPS Sanitas?

Bogotá D.C., 3 de abril de 2024. La Superintendencia Nacional de Salud realizó hoy la intervención forzosa administrativa de la EPS Sanitas y ordenó la toma de posesión de sus bienes y negocios a nivel nacional. La decisión se tomó luego de evidenciar el estado de su situación financiera, el incumplimiento del indicador patrimonial y el creciente número de quejas de sus usuarios, todo lo cual pone en riesgo la prestación de servicios a su población afiliada, estimada en 5,7 millones de personas.

“La EPS Sanitas no cumplía con los requisitos de habilitación financiera, principalmente frente al patrimonio adecuado y frente a las reservas técnicas de las que tanto se ha hablado», destacó el superintendente nacional de Salud, Luis Carlos Leal, en una declaración ofrecida esta noche en la Casa de Nariño.

Leal señaló que la decisión se basa en múltiples razones analizadas al interior del Comité de Medidas de la Superintendencia, y afirmó que “las personas afiliadas a esta EPS no encontraban una adecuada satisfacción a sus derechos al interior de la misma».

Por otra parte, indicó que las deudas que tenía esta EPS con los hospitales, clínicas y con todos los prestadores de servicios de salud se venían incrementando. Para diciembre del año pasado cerraron por encima de los 2 billones de pesos, “lo que claramente afecta a la prestación de servicios de salud».

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Mensaje de t​​ranquilidad a usuarios

​El funcionario dejó en claro que “esta decisión no afecta para nada a los afiliados de la EPS y que en ningún momento se va a dejar de prestar los servicios de salud y que los usuarios y los prestadores van a poder tener la garantía de que su funcionamiento va a continuar de una manera adecuada». El superintendente advirtió que la decisión se tomó “con el ánimo de proteger el derecho fundamental a la salud de todas las personas».

En ese sentido se pronunció el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo. “Aquí los servicios, tanto de la EPS como de la prepagada, se van a continuar prestando sin ningún inconveniente», recalcó.

Y puntualizó: “Pueden tener la absoluta seguridad y la tranquilidad de que estaremos muy atentos para que ustedes, los ciudadanos que hoy están afiliados a esta EPS, puedan seguir contando con los servicios, con la atención, y podamos solucionar los problemas que hoy tiene la EPS».

Se crea junta ​asesora para el agente interventor

​El superintendente nacional de Salud, Luis Carlos Leal, reveló que hoy, con la intervención, fue relevado del cargo el representante legal, la junta directiva y la asamblea de accionistas de la EPS Sanitas.

“Se ha designado también un agente interventor que ha tenido intervenciones previas de manera exitosa y que viene de recuperar hospitales públicos que hoy están prestando un servicio de calidad a la población», sostuvo.

Con la adopción de la medida, la Superintendencia designó como interventor a Duver Vargas para que adelante la toma de posesión de los bienes, haberes y negocios y lleve a cabo el proceso de intervención.

Leal indicó que “el objetivo que tiene la Superintendencia Nacional de Salud con esta intervención es tomar medidas adecuadas y oportunas para evitar que el colapso financiero al que iba la EPS afecte la prestación de servicios de salud para todas las personas», así como de los afiliados a la prepagada.

Aseguró que el proceso de intervención se realizará con una vigilancia estricta y un acompañamiento por parte de la Superintendencia, que, además de nombrar un agente interventor, por primera vez se utiliza la herramienta que da “el Estatuto Orgánico Financiero, que nos permite la creación de una junta asesora para este agente interventor, donde están representados los cinco principales acreedores. Nos va a permitir hacer una comunicación entre las aseguradoras y los prestadores de servicios de salud».

Obligados​ a salvar el sistema de salud

​Sobre esta decisión, el presidente Gustavo Petro reaccionó en su cuenta de X: “El gobierno tiene la obligación de salvar el sistema de salud, y la vida de los colombianos. El actual sistema, como desde hace años se venía denunciando desde diferentes instancias de control administrativo, judicial y político, extrajo recursos públicos por decenas de billones de pesos que no se invirtieron de acuerdo a la ley y se perdieron, y debemos de actuar de acuerdo a la ley y la Constitución y con decisión».

Contexto de la decisión

​La resolución mediante la cual la Superintendencia Nacional de Salud ordenó, por el término de un año, la medida de intervención forzosa administrativa de la EPS Sanitas señala: “La información y las situaciones evidenciadas en el marco de las funciones de inspección, vigilancia y control realizada por la Superintendencia Nacional de Salud a la EPS Sanitas, permite establecer un incumplimiento reiterado de la ley y concretamente de aquellas normas que rigen el aseguramiento y la prestación de servicios de salud».

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Para la Supersalud es claro que esas situaciones e indicadores de la EPS “se ven directamente reflejadas en la vulneración de los derechos de los afiliados y en el incumplimiento de las funciones indelegables de aseguramiento».

Con corte a diciembre de 2023, la Superintendencia evidenció el incumplimiento de los indicadores de patrimonio adecuado y del régimen de inversiones de reserva técnica.

Según la evaluación hecha por la Superintendencia, la EPS Sanitas ha faltado a la obligación de pago con la red prestadora y proveedora de servicios y tecnologías en salud, lo que ha incidido particularmente en las condiciones de garantía del derecho a la salud a su población afiliada.

A diciembre de 2023, las deudas de esta EPS con las IPS ascendían a 2,04 billones de pesos, poniendo en riesgo no solo la prestación del servicio a sus afiliados sino de todos aquellos usuarios de las redes acreedoras.

“Es una intervención forzosa para poder tomar el control administrativo y corregir algunos de los errores administrativos que venían y poder garantizar y proteger el servicio y la salud de todas las personas en todo el territorio nacional», aseguró el superintendente Luis Carlos Leal.

Alarmante aumento de quejas y tutelas

​Se constató, así mismo, una alarmante escalada en la cantidad de reclamaciones dirigidas a la EPS Sanitas durante el año 2023, con un total de 185.634 reclamos y una tasa de incidencia de 321,25 por cada 10.000 afiliados, cifra que supera significativamente el promedio nacional.

Para la Supersalud, este incremento notorio en las quejas no solo refleja una crisis en la capacidad de respuesta de la EPS frente a las necesidades de sus usuarios, sino que también evidencia una profunda brecha entre los servicios de salud prometidos y los efectivamente entregados.

Dicha disparidad, sumada a una falta crítica en el cumplimiento de un sistema de gestión de peticiones, quejas, reclamos, sugerencia y denuncias y de requerimientos judiciales, como tutelas e incidentes de desacato, pone en tela de juicio la eficacia y eficiencia de la EPS en su rol como proveedor de servicios de salud, al no lograr satisfacer las demandas esenciales de atención que son cruciales para el bienestar de sus afiliados, lo que a su vez sugiere una insostenibilidad operativa que compromete su misión fundamental.

Los principales motivos de reclamaciones resaltan deficiencias críticas en áreas fundamentales como la asignación y oportunidad de citas y consultas, entrega de tecnologías en salud y en la autorización y atención de otros servicios de salud.

Tales deficiencias son indicativas de una vulneración sistemática de los principios de continuidad, disponibilidad, accesibilidad y oportunidad en la prestación de servicios de salud, contraviniendo los estándares mínimos establecidos en la legislación vigente. Este escenario refleja una violación de los derechos básicos de los usuarios.

«Restricciones de Fico en El Poblado son inconstitucionales»: docente de la U de Medellín

«Restricciones de Fico en El Poblado son inconstitucionales»: docente de la U de Medellín

La suspensión de la demanda y solicitud de servicios sexuales en varios sectores de El Poblado, en Medellín, es inconstitucional porque la prostitución no es ilegal en Colombia. Así lo afirmó David Mendieta González, profesor del área de Derecho Constitucional de la Universidad de Medellín, quien agregó que la Alcaldía debe invertir más en medidas de fondo para combatir las problemáticas sociales.

“A veces los gobernantes quieren enfrentar o solucionar problemas de muchísimo fondo con medidas superficiales. Nuestro alcalde puede tomar medidas frente al uso del espacio público, pero esta medida en particular es inconstitucional pues nuestra Corte Constitucional una sentencia muy famosa, la T629 de 2010, deja muy claro que el ejercicio de la prostitución no es un delito”, detalló el docente.

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El alcalde de Medellín, Federico Gutiérrez se refirió al tema, que está relacionado con Timothy Alan Livingston, el estadounidense involucrado en el caso de explotación sexual infantil al abusar, presuntamente, de dos niñas en un hotel en la Comuna 14 (El Poblado). “Nosotros no podemos prohibir el trabajo sexual, está protegido por la Constitución, pero sí tenemos que cuidar a quienes prestan esos trabajos sexuales, al entender que hoy básicamente en toda esa zona (parque Lleras) lograron un control La Oficina, La Raya, Robledo y otra organización que tiene presencia en el lugar”, dijo el mandatario.

Sin embargo, la medida tiene implicaciones legales. Por ejemplo, el profesor Mendieta mencionó que una mujer mayor de edad que ejerza la prostitución en El Poblado puede poner una acción de tutela al respecto y ganarla.

“De la manera como nuestro alcalde le está prohibiendo su actividad económica, el ejercicio de su trabajo, ella incluso podría presentar una tutela y seguramente esta tutela sería favorable a sus derechos fundamentales”, agregó.

Las medidas

 Las restricciones a la prostitución sumada al piloto de reducción de horario nocturno hasta la 1:00 a. m. para discotecas y bares de la zona son calificadas por el profesor como “populistas”.

“Como sociedad tendríamos que estar pensando por qué en este momento, y desde hace unos años, nuestra ciudad se ha convertido en punto de llegada de turistas sexuales, entonces ¿qué hacen los niños?, ¿qué hacen nuestros adolescentes ejerciendo la prostitución?, ¿cuáles son las razones? Y, por supuesto, solucionarlas, pero con medidas de fondo, atacar la pobreza, atacar la falta de oportunidades, atacar la desigualdad, pero no simplemente a través de un decreto prohibir la prostitución”, dijo.

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Extinción de dominio

 El hotel Gotham de El Poblado, en donde fue encontrado el turista estadounidense con las dos menores de edad, también está en el ojo del huracán. Mientras cumple una sanción de un cierre temporal, el alcalde Federico Gutiérrez anunció que se está considerando que a dicho establecimiento debería aplicársele la extinción de dominio.

Frente a esto, el profesor constitucionalista de la Universidad de Medellín dijo que dicha medida es posible.

“Siempre y cuando se demuestre que hay responsabilidad del hotel a la hora de cometerse este u otros delitos, entonces podría iniciarse un proceso de extinción de dominio, pero es un proceso demorado, donde el alcalde, aunque podría tomar la vocería para denunciar, no tiene la última palabra porque la última palabra la tiene un juez de la República”, precisó.

43 años para venezolano por feminicidio en La Dorada Caldas

43 años para venezolano por feminicidio en La Dorada Caldas

Manizales (Caldas), 3 de abril del año 2024. Luego de valorar las pruebas aportadas por un fiscal de la Seccional de Caldas, un juez penal de conocimiento condenó a 43 años y 5 meses de prisión a el señor Joffre Enderson Pacheco Briceño, como responsable del crimen de una mujer, en hechos ocurridos el día 29 del mes de  noviembre del año  2020, en La Dorada (Caldas).

El fallo declaró al agresor responsable del delito de feminicidio agravado y dispuso que la pena deberá cumplirla en establecimiento carcelario.

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Luego del crimen, el agresor se refugió en varios países de Suramérica y finalmente fue aprehendido en Chile.

La Fiscalía estableció que el señor Pacheco Briceño pretendió iniciar una relación sentimental con la víctima, de 54 años de edad, con el único propósito de conocer sus ingresos monetarios y patrimonio, e intentar sacar provecho económico. Posteriormente, el día 29 de noviembre del año 2020, en un inmueble del barrio Las Ferias, la asesinó. De acuerdo con la evidencia recopilada, la golpeó, le amarró las manos, asfixió con una bolsa y atacó en la cabeza con una piedra de moler maíz.

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El sentenciado, de nacionalidad venezolana, había sido extraditado en noviembre de 2023, desde Copiapó (Chile), a donde había llegado luego de recorrer varios países de Suramérica evadiendo a la justicia colombiana. Este trámite se logró gracias a la gestión administrativa de la Dirección de Asuntos Internacionales y el trabajo investigativo del CTI (Cuerpo técnico de investigación) de la Seccional Caldas, que pudo identificar la ruta de huida del feminicida y el lugar exacto en el que se ocultaba.

La sentencia conocida es de primera instancia y en su contra proceden los recursos de ley.

Seis personas capturadas por homicidio en el municipio de Itagüí

Seis personas capturadas por homicidio en el municipio de Itagüí

En un trabajo de investigación articulado entre la alcaldía de Itagüí, Sijín de la Policía, Ejército Nacional y el CTI de la Fiscalía General de la Nación, además del apoyo en las cámaras de seguridad de la central de monitoreo local y con información ciudadana, fueron capturadas 6 personas relacionadas con homicidios ocurridos en este municipio del sur del Valle de Aburrá. Las autoridades destacan que, gracias a estos operativos, en 2024 se tienen cifras de 70 % en el esclarecimiento de los homicidios.

Gracias a las labores investigativas entre la Sijín de la Policía, la Fiscalía y la Secretaría de Seguridad, apoyadas en 692 cámaras de vídeovigilancia con las que cuenta Itagüí, se logró la captura de seis personas vinculadas con homicidios registrados en este municipio. Uno de ellos es Wilmar Zapata, alias Colo, uno de los más buscados de esta localidad, quien tenía una orden de captura por tentativa de homicidio y porte ilegal de arma de fuego, además de antecedentes por otros delitos, según investigación de las autoridades.

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Asimismo, gracias a la información proporcionada por la comunidad, también fueron capturados Andrés Chaverra Palacio, buscado por homicidio agravado y porte ilegal de armas de fuego, y Daniel Gómez alias Cacas, menor de edad para los hechos delictivos y quien había sido utilizado por Chaverra para cometer un homicidio en 2020 en el barrio San Pío. En otra investigación adelantada por el CTI de la Fiscalía, se logra la captura de alias el Mellizo, por su ejecución en el homicidio con arma de fuego de alias Patacón, en el barrio San Fernando, y alias el Trompón que fue capturado por un homicidio ocurrido en el año 2023 en la ciudad de Medellín.

Por último, en las investigaciones priorizadas para esclarecer las muertes violentas intencionales, gracias a las cámaras del sector se logra individualizar a alias El indio, quien en un hecho de intolerancia ocasionó la muerte de un hombre en el Parque Obrero, hecho por el cual fue capturado por la policía de vigilancia en investigación adelantada por el CTI.

En otros hechos relevantes, las autoridades de Itagüí informaron las múltiples órdenes de allanamiento y capturas en flagrancia de alias el Diablo, quien recibía indicaciones desde la cárcel de alias el Cojo para coordinar la venta de estupefacientes, además de alias Tiktoker, quien fue capturado en flagrancia con una importante cantidad de estupefacientes junto a otros expendedores.

Fiscalía imputa a ex gobernador de Guainía por irregularidades de un contrato

Fiscalía imputa a ex gobernador de Guainía por irregularidades de un contrato

Bogotá D.C., 3 de abril de 2024. La Fiscalía General de la Nación presentó ante un magistrado del Tribunal Superior de Bogotá, con función de control de garantías, al exgobernador de Guainía, Efrén de Jesús Ramírez Sabana, como presunto responsable de varias irregularidades identificadas en el trámite y celebración de un contrato que contempló el mejoramiento de una vía terciaria.

El 8 de octubre de 2008, el exmandatario departamental celebró el contrato de obra N°358, por un valor superior a 2.550 millones de pesos, con el propósito de realizar las adecuaciones necesarias al corredor Huesitos – Puerto Caribe (Guainía) para convertirlo en un tramo que facilitara el tránsito del transporte de carga y optimizara las condiciones de vida de las comunidades.

Los elementos de prueba dan cuenta de que en la fase de contratación no se elaboraron estudios previos serios, claros y concretos que permitieran cumplir el objeto definido.

En ese sentido, se detectó incongruencia entre la necesidad y el motivo de la contratación. Esa intención de beneficiar a los pueblos indígenas y a otros habitantes no era cierta ni tenía sustento, puesto que en la zona donde estaban previstas las obras no había asentamientos ni grupos poblacionales, tampoco existía movimiento de camiones u operación fluvial.

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De otra parte, se definió la construcción de puentes, terraplenes y drenajes en puntos donde geográficamente resultaba imposible la ejecución. Asimismo, se estableció que los diseños y estudios nunca se pusieron a disposición del consorcio contratista, lo que representó atrasos y la no culminación del proyecto.

Las evidencias indican que el exgobernador suscribió el contrato pasando por alto las múltiples anomalías conocidas y desembolsó en beneficio del contratista 871’654.031 pesos, por concepto de anticipo.

Por todo lo anterior, un fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia imputó a Efrén de Jesús Ramírez Sabana los delitos de contrato sin cumplimiento de los requisitos legales y peculado por apropiación en favor de terceros agravado. Los cargos fueron aceptados de manera libre y voluntaria.

 

La labor investigativa de la Fiscalía ha permitido obtener dos condenas en contra del exgobernador de Guainía por hechos de corrupción durante el periodo 2004 – 2007. En abril y junio de 2022, la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia lo sentenció por los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos y peculado por apropiación.