por Konuco | Jul 1, 2026 | Política
Gustavo Petro reactivó la extradición de “Chiquito Malo” y pidió que, si lo capturan, lo envíen “de inmediato” para que se ejecute la medida. El pronunciamiento del presidente insiste en que la entrega se tramite con urgencia, pero queda condicionada a que las autoridades logren ubicarlo y detenerlo.
La instrucción presidencial: “de inmediato” tras una captura
El presidente reiteró su solicitud de reactivar la orden de extradición y dejó explícita la prioridad que, a su juicio, debe tener el caso en el momento en que se produzca una eventual captura. En su mensaje, Petro planteó que el traslado no se dilate y que se proceda con rapidez una vez se concrete el arresto.
El alcance inmediato del anuncio es político y operativo: marca una directriz de urgencia para el trámite y la ejecución, sin que ello signifique que la captura ya se haya producido. La petición presidencial está formulada en condicional y depende del desarrollo de las acciones de búsqueda y detención.
Qué implica reactivar la extradición de “Chiquito Malo”
La decisión de Petro apunta a poner nuevamente en marcha el proceso para que, una vez haya captura, avance el procedimiento de entrega. En términos prácticos, el mensaje presidencial busca evitar esperas entre la detención y el envío, y mantener la medida lista para ejecutarse cuando se cumplan los pasos correspondientes.
Sin embargo, la reactivación de la orden no equivale a un resultado consumado. La extradición, en este caso, sigue atada a un hecho previo: la captura del señalado. Por eso, el anuncio no confirma un traslado, sino una instrucción para que ocurra con rapidez si se concreta el arresto.
El caso “Chiquito Malo” vuelve al centro del mensaje del Gobierno
Al reactivar la medida, Petro coloca el caso de “Chiquito Malo” en un lugar de alta prioridad dentro de sus mensajes sobre seguridad y justicia. El presidente también enmarca su solicitud en la idea de acelerar decisiones que, en su criterio, no deberían postergarse cuando haya una captura.
Por ahora, el punto decisivo permanece intacto: la extradición solo puede ejecutarse después de una detención. Con su pronunciamiento, el jefe de Estado busca que, si ese momento llega, la respuesta institucional sea inmediata y la reactivación no se quede en una señal política sin efectos prácticos.
por Konuco | Jul 1, 2026 | Nacional
El recargo dominical del 90% empezó a regir en Colombia desde el 1 de julio de 2026, y dos semanas después se activó el límite de 42 horas semanales para la jornada ordinaria, desde el 15 de julio de 2026. La combinación de fechas obliga a empresas y áreas de talento humano a recalcular turnos, recargos y horas extra con reglas que no entran en vigencia al mismo tiempo.
Qué cambia con el recargo dominical del 90% y cuál es su cronograma
El aumento del pago por trabajar domingos y festivos hace parte de la aplicación gradual prevista en la Ley 2466 de 2025, descrita como reforma laboral. En esta etapa, el trabajo en días de descanso obligatorio se liquida con un recargo del 90% sobre el valor de la hora ordinaria.
El mismo cronograma ya había tenido escalones previos: entre julio de 2025 y junio de 2026 el recargo fue de 80%, después de haber estado en 75% hasta junio de 2025. Según esa ruta, el 90% se mantendrá hasta junio de 2027 y pasará a 100% desde julio de 2027.
En sectores con operación continua —comercio, servicios, logística, vigilancia, BPO, salud, bares y restaurantes, hotelería y centros de contacto— el impacto no se limita a mover horarios. También exige revisar cómo se programan los turnos y cómo se registran las horas para que la liquidación refleje el nuevo porcentaje desde el inicio del mes.
Jornada de 42 horas: el cambio del 15 de julio y cuándo cuenta la hora extra
La segunda fecha clave de julio es el 15 de julio de 2026, cuando entra el último tramo de la reducción gradual prevista en la Ley 2101 de 2021. Desde ese momento, el máximo legal de la jornada ordinaria baja de 44 a 42 horas semanales.
Laura Pérez, abogada especialista en Derecho Laboral y Seguridad Social de Scola Abogados, explicó que la reducción no implica bajar salario, prestaciones ni el valor de la hora ordinaria. El ajuste se concentra en cómo se distribuye el tiempo de trabajo para cumplir el nuevo límite semanal.
Carolina Castro de la Torre, directora del área de Derecho Laboral de Posse Herrera, recomendó revisar la parametrización interna: las horas que excedan las 42 semanales solo se considerarán extra a partir del 15 de julio. En ese punto, la diferencia de fechas con el recargo dominical es decisiva para nómina, porque un recargo ya aplica desde el 1 de julio y el otro cambio solo desde mitad de mes.
En esquemas del artículo 165 del Código Sustantivo del Trabajo (periodos de tres semanas), Pérez indicó que el máximo también se reduce. En el detalle del cronograma citado, pasa de 138 a 132 horas y, desde el 15 de julio de 2026, a 126 horas. Además, con 42 horas semanales la jornada mensual quedará en 182 horas y las horas incluidas en el sueldo pasarán a 214, de acuerdo con ese mismo detalle.
Recargo nocturno y riesgos por errores de liquidación en 2026
A los ajustes de julio se suma una regla que ya estaba vigente desde el 25 de diciembre de 2025: la jornada nocturna de 7:00 p. m. a 6:00 a. m. tiene recargo nocturno del 35%. Daniel Contreras, socio de Godoy, advirtió que el costo puede crecer cuando un turno dominical coincide con horario nocturno por la acumulación de recargos.
En 2026, estos cálculos conviven con un salario mínimo de $1.750.905 y un auxilio de transporte de $249.095 para quienes devengan hasta dos salarios mínimos. En ese escenario, fallas en el registro de extras o recargos pueden traducirse en sanciones del Ministerio del Trabajo y en reclamaciones judiciales por pagos incompletos, especialmente en operaciones con rotación permanente.
por Konuco | Jul 1, 2026 | Judicial e Investigación
La tutela contra el CNE y la Registraduría que buscaba cuestionar la permanencia de Abelardo de la Espriella en el trámite presidencial fue negada por un tribunal. El despacho sostuvo que la doble nacionalidad, por sí sola, no implica la pérdida automática del ejercicio de derechos políticos en colombianos por nacimiento.
El fallo dejó en pie lo actuado por las autoridades electorales
La decisión quedó plasmada en un fallo que divulgó el abogado Calderón España. En ese documento, el despacho resolvió “NEGAR la tutela acumulada” promovida por Gary Ernesto Martínez Gordón contra el Consejo Nacional Electoral (CNE) y la Registraduría Nacional del Estado Civil.
El eje de la discusión era si esas entidades vulneraron garantías constitucionales al permitir y mantener a De la Espriella dentro del proceso. Con la negativa, el tribunal no acogió la pretensión del accionante y, en consecuencia, no ordenó cambios sobre lo que venían adelantando las autoridades demandadas.
Qué pedía el accionante y qué derechos alegó afectados
En su escrito, Martínez Gordón sostuvo que las decisiones del CNE y la Registraduría habrían afectado derechos y principios ligados a la participación política y la soberanía popular. También expuso reparos sobre el debido proceso electoral y la supremacía constitucional, como parte de su cuestionamiento a la actuación de las entidades.
La tutela buscaba que el juez constitucional interviniera para corregir lo que el demandante presentó como una vulneración de derechos derivada de mantener al candidato en el certamen. Sin embargo, el fallo negó el amparo y no impartió órdenes que modificaran el curso del trámite electoral que motivó la acción.
La doble nacionalidad y el punto que el tribunal no consideró automático
Según la explicación divulgada por Calderón España, uno de los puntos de controversia giró alrededor del juramento de naturalización que De la Espriella habría prestado ante autoridades de Estados Unidos para obtener esa nacionalidad. El accionante tomó ese elemento como base para pedir que se cuestionara su permanencia en el proceso.
El tribunal, no obstante, dejó expresamente señalado que la doble nacionalidad no produce de manera automática la pérdida del ejercicio de derechos políticos en los colombianos por nacimiento. El alcance del pronunciamiento se limitó a resolver esta solicitud de amparo constitucional, sin instrucciones adicionales para el CNE y la Registraduría sobre el trámite que llevan frente a la participación del candidato.
por Konuco | Jun 30, 2026 | Nacional
La tasa del Banco de la República subió 75 puntos básicos hasta 12%, tras una decisión por mayoría en la Junta Directiva que dejó ver un debate interno sobre el balance entre inflación, actividad y expectativas.
Una votación fragmentada: tres propuestas sobre la mesa
La Junta Directiva adoptó el incremento con una votación 4-2-1. Cuatro directores respaldaron el aumento, mientras dos votaron por una reducción de 50 puntos básicos y uno propuso mantener la tasa sin cambios.
En rueda de prensa, el gerente Leonardo Villar explicó que la decisión se tomó tras revisar la inflación reciente, la actividad económica, el mercado laboral y el entorno internacional. El Banco enmarcó el ajuste en su mandato de estabilidad de precios y en la necesidad de sostener una postura monetaria consistente con ese objetivo.
Por qué pesó la inflación: niveles y expectativas aún lejos del 3%
El Banco de la República centró el diagnóstico en que los precios siguen por encima de su meta de 3%. En mayo, la inflación total de 5,8% y la inflación básica de 6,0% (sin alimentos ni regulados) permanecieron alejadas del objetivo, un punto clave en la discusión de la Junta.
Villar también señaló que las expectativas de inflación para 2026 han sido volátiles. Según el gerente, hasta mayo aumentaron a todos los plazos tanto las expectativas medidas por encuestas como las implícitas en el mercado de deuda pública, y en junio estas últimas se revirtieron parcialmente. Aun así, el Banco sostuvo que siguen significativamente por encima del 3% en todos los horizontes.
Actividad y empleo: el DANE reportó crecimiento, pero la Junta miró presiones adicionales
En el balance de actividad, el DANE reportó —en su serie desestacionalizada— que el PIB creció 2,2% anual en el primer trimestre de 2026, por encima del 2,0% observado en el cuarto trimestre de 2025. El Banco agregó que la demanda interna ha mostrado un dinamismo superior al de la producción, un elemento que incorpora en su lectura de presiones sobre precios.
El mercado laboral también entró en la evaluación. El desempleo se ubicó en 8,0% en mayo, niveles que el emisor calificó como históricamente bajos, junto con aumentos importantes en los salarios. Además, la Junta revisó riesgos externos, como la incertidumbre asociada al conflicto en Medio Oriente y su posible impacto en precios internacionales de combustibles y fertilizantes, así como la reacción de los mercados a decisiones de política monetaria en economías avanzadas. El Banco reiteró que las próximas decisiones dependerán de la nueva información disponible sobre inflación, crecimiento y otras variables relevantes.