El presupuesto máximo, uno de los mecanismos del sistema de salud colombiano que garantiza la integralidad en la atención de los pacientes y de cumplimiento a la Ley Estatutaria de Salud, cuenta con un ajuste en la metodología. Además, se fijó el valor a girar a algunas EPS tanto del régimen contributivo como del subsidiado, tras determinar que existía riesgo en la superación de dicho presupuesto.

«Tras encontrar que el presupuesto máximo no fue suficiente para la vigencia 2020, fue necesario ajustarlo. Por esto se han emitido dos actos administrativos. En el primer caso, mediante Resolución 2454 de 2020 se adoptó la metodología para la definición del ajuste del presupuesto máximo fijado a las EPS de los regímenes contributivo y subsidiado y Entidades Obligadas a Compensar -EOC», dijo la viceministra de Protección Social, María Andrea Godoy Casadiego, añadiendo que esta metodología se puede consultar a detalle en el anexo técnico de dicho acto administrativo.

El ajuste se da luego de recibir los informes de la Adres de seguimiento, monitoreo, auditoría y control del presupuesto máximo, en los que se concluye que existe riesgo de superación del presupuesto máximo para la vigencia 2020 en algunas EPS y por ende es necesario realizar ajustes.

Recordemos que el presupuesto máximo es el recurso girado a las EPS para la gestión y administración de los servicios y medicamentos no financiados con cargo de la UPC. Esto significa que la Adres transfiere mensualmente, junto a la UPC, los recursos para el cubrimiento y contratación de todos los servicios y medicamentos que requieren los colombianos.

«Es por esto que es tan importante tomar medidas como la contemplada en la Resolución 2454 de 2020, para que así las EPS sigan garantizando a sus afiliados los servicios y tecnologías en salud no financiadas con cargo a la UPC, en los componentes de medicamentos, alimentos para propósito médico especial, procedimientos y servicios complementarios», indicó Godoy.

Añadiendo, tal y como expresa el acto administrativo, que para el ajuste no se tendrán en cuenta los registros en pruebas covid-19 realizadas con anterioridad al 26 de agosto de 2020.

Se fija valor de presupuesto máximo

A través de la Resolución 2459 de 2020, el Ministerio de Salud y Protección Social ha fijado el valor a girar producto del ajuste al presupuesto máximo de la vigencia 2020 de algunas EPS en ambos regímenes.

«Es de precisar que en la Resolución 206 de 2020, ya se había definido un presupuesto máximo para todas las EPS para la actual vigencia, sin embargo, este recurso no alcanzó para algunas EPS y por eso hace esta medida», explicó la viceministra, agregando que el valor total del ajuste de presupuesto máximo 2020 es de $207 mil millones.

De esta manera, con la Resolución 2459 de 2020 se establece que una vez se aplicó la metodología señalada en la Resolución 2454 de 2020, se fijó un ajuste en el presupuesto máximo para unos prestadores de salud, el cual se puede conocer en las siguientes tablas:

 

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