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  • A través de la resolución 2893 de 2020, la cartera TIC estandariza servicios de estado como   ventanillas únicas, portales, sedes electrónicas, trámites, OPA, programas, integración con GOV.CO y otras disposiciones.
  • Consulte esta resolución y sus anexos en la pestaña ‘Normatividad’ del micrositio de Gobierno Digital: https://gobiernodigital.mintic.gov.co/portal/Politica-de-Gobierno-Digital/

El Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) expidió la Resolución número 2893 de 2020, «por la cual se expiden los lineamientos para estandarizar ventanillas únicas, portales específicos de programas transversales, sedes electrónicas, trámites, OPA y consultas de acceso a información pública, así como en relación con la integración al Portal Único del Estado Colombiano, y se dictan otras disposiciones».

Esta resolución permite establecer estándares para las ventanillas únicas digitales, portales específicos de programas transversales del Estado y las sedes electrónicas de las entidades públicas que estandaricen la oferta de información y servicios, unificando la forma en la que el Estado presenta la información al ciudadano, facilitando su consulta, y el acceso a información de trámites y servicios.

El Anexo 1 de esta resolución define los conceptos y lineamientos que deben tener las sedes electrónicas, las ventanillas únicas digitales y los portales específicos de programas transversales del Estado.

Los Anexos 2 y 2.1 establecen las pautas que deberán cumplir las sedes electrónicas en términos de estructura y contenidos de información, diseño gráfico, arquitectura y calidad para su integración al Portal Único del Estado colombiano, GOV.CO. Así mismo, definen el modelo y los principales pasos a seguir para la integración de las sedes electrónicas a este portal.

Los Anexos 3 y 3.1 formulan las directrices que deberán cumplir las ventanillas únicas en materia de estructura y contenidos de información, diseño gráfico, arquitectura y calidad para su integración a GOV.CO. Igualmente, indica el modelo y los pasos a seguir para dicha integración.

Los Anexos 4 y 4.1 establecen lo propio para el caso de los portales específicos de programas transversales del Estado.

Los Anexos 5 y 5.1 fijan las etapas, los niveles de transformación digital, los atributos de calidad y los lineamientos requeridos para la integración de trámites, Otros Procedimientos Administrativos (OPA) y consultas de acceso a la información pública. A su vez, establecen el modelo y trazan el proceso de integración de trámites OPA y consultas de acceso a la información pública al Portal Único del Estado colombiano.

 

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