El presidente de la República Iván Duque Márquez, sancionó la ley 2070. Esta iniciativa fue presentada por el Ministerio de Cultura para contribuir de manera decidida en la reactivación de las actividades culturales y creativas en el país, en respuesta a la afectación económica y social generada por la emergencia sanitaria.

La Ley Reactivarte fortalece la institucionalidad pública para la cultura con la creación del Foncultura, una cuenta especial del Ministerio, que tendrá por objeto administrar y destinar recursos para el sector cultural y creativo, los cuales se ejecutarán mediante proyectos enmarcados en las leyes y políticas para la cultura, el patrimonio, las artes y la Economía Naranja.

Este fondo es una respuesta a una de las peticiones históricas del sector, de contar con una herramienta para fortalecer la gestión de recursos y la financiación de programas y proyectos. De este modo apoyará la reactivación, fortalecerá la arquitectura institucional para la financiación pública de la cultura y la garantía de los derechos culturales previstos en la Constitución de 1991.

El Foncultura tendrá una cobertura nacional y financiará proyectos en todos los municipios y distritos del país, de personas naturales o jurídicas, privadas y públicas. Será administrado por la Corporación ‘Colombia Crea Talento’ y su comité directivo tendrá representatividad del gobierno nacional, los sectores creativos y culturales del país, así como de las regiones mediante un modelo de alternancia que asegura la participación de todos los municipios del país, incluyendo los de categoría 4, 5 y 6.

Otros beneficios de la Ley

Ley Reactivarte, aprobada por el Congreso de la República, también contempla la destinación de mayores recursos para proyectos del sector, a través de la Estampilla Procultura. Con esto, los departamentos y municipios que hayan cubierto su pasivo pensional pueden invertir estos recursos en procesos que hagan parte del sector.

De esta manera, se podrán financiar proyectos para estimular y apoyar la seguridad social de artistas, creadores y gestores culturales; programas artísticos y culturales, investigaciones y expresiones culturales; creación, funcionamiento y mejoramiento de infraestructura cultural; procesos de formación; así como el fomento y difusión de las artes en todas sus expresiones.

También se flexibiliza el uso de recursos de la Ley de Espectáculos Públicos – LEP, que actualmente son destinados para el fortalecimiento de la infraestructura cultural y dotación. Con esta flexibilización se lograrán destinar estos recursos para el apoyo de convocatorias dirigidas a la producción y circulación de producciones artísticas.

Con la Ley ReactivARTE además se hacen permanentes los beneficios de reducción al 4% de la tarifa de retención en la fuente para 27 actividades culturales y creativas, entre las que se cuentan: edición de libros y publicaciones periódicas; distribución y exhibición películas cinematográficas y videos; programación y transmisión en el servicio de radiodifusión; programación y transmisión de televisión; creación cultural, literaria, musical y teatral; actividades de fotografía; actividades de espectáculos en vivo; y actividades de bibliotecas y archivos, entre otras.

Otro de los beneficios de la Ley es la creación del Registro Único Nacional de Agentes Culturales, instrumento de actualización de la información de los gestores y creadores culturales. Con esta caracterización se podrán tomar mejores decisiones desde el gobierno nacional y local, y plantear mejores acciones en materia de políticas públicas para el sector.

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